Existe la posibilidad de cobrar una cuantía superior a la pensión máxima con una incapacidad permanente. En concreto, se contemplan dos excepciones en las que es posible superar el importe de pensión máxima.
Cada año, el Gobierno de España establece una cuantía de pensión máxima que se puede cobrar con cualquier pensión contributiva. Es decir, para las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares.
En este año 2024, la cuantía de pensión máxima ha subido hasta situarse en 3.175,04 euros al mes. Del mismo modo, supone un importe de 44.450,56 euros al año.
Cuantía pensión máxima incapacidad permanente
Por norma general, ningún pensionista en España puede percibir un importe superior a la cuantía de pensión máxima. Sin embargo, en el caso de las pensiones de incapacidad permanente, se contemplan dos situaciones en las que se puede cobrar una cuantía superior.
Una de ellas es gracias al complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento se puede cobrar con las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad.
En concreto, se trata de un complemento dirigido a las personas que acreditan haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos.
Hablamos de una situación que en España afecta, principalmente, a las mujeres. No obstante, dicho complemento también lo pueden cobrar los hombres que cumplan con los requisitos pertinentes.
En 2024, el importe de este complemento es de 33,20 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos. Al devengarse en 14 pagas al año, puede suponer una cuantía anual de 464,8 euros.
Una persona perceptora de una pensión de incapacidad permanente puede superar el importe de pensión máxima en caso de tener derecho al complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
Esta es una de las circunstancias por las que está permitido superar el importe de pensión máxima cobrando una incapacidad permanente.
Complemento de Gran Invalidez
La segunda situación por la que se puede percibir una cuantía superior a la pensión máxima es en caso de tener reconocida una Gran Invalidez. En este caso, se trata de una situación específica para beneficiarios de una incapacidad permanente.
Así, la Gran Invalidez constituye el mayor grado de incapacidad permanente que se puede reconocer a un trabajador en España, a causa de una lesión o enfermedad.
El reconocimiento de una Gran Invalidez considera que el trabajador se encuentra inhabilitado para el desarrollo de cualquier profesión u oficio. Además, también se reconoce que el trabajador tiene dificultades para realizar con normalidad las actividades básicas del día a día.
A diferencia de lo que muchas personas creen, la Gran Invalidez sí se puede compatibilizar con el desarrollo de una actividad laboral. No obstante, estas posibilidades de compatibilidad quedan muy restringidas, y el puesto de trabajo debe adaptarse totalmente a las necesidades del ciudadano.
El reconocimiento de una incapacidad permanente conlleva la percepción de una pensión equivalente al 100% de la base reguladora. Además, también supone el cobro de un complemento económico no inferior al 45% de la base reguladora.
Este complemento se reconoce para cubrir los gastos derivados de las necesidades diarias del ciudadano. Así, al cobrar este complemento, se puede superar la cuantía de pensión máxima percibiendo una incapacidad permanente de Gran Invalidez.