Percibir una pensión de jubilación significa que hemos dejado atrás una larga vida laboral. Es momento de disfrutar de más tiempo y libre y realizar actividades que anteriormente no podíamos realizar debido a la limitación de tiempo marcada por la exigencia del trabajo.
En España existen diferentes modalidades de jubilación. Algunas de ellas permiten adelantar la jubilación, retrasarla o incluso compatibilizarlas con una actividad laboral. Si bien, en esta ocasión vamos a centrarnos en desgranar algunas de las claves más llamativas de la pensión de jubilación anticipada por discapacidad.
Actualmente, en 2022, la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y dos meses para aquellas personas que hayan cotizado menos de 37 años y 6 meses durante la vida laboral. Si bien, las personas que tengan 65 años y hayan superado el requisito de años cotizados marcados, también podrán acceder al 100% de la pensión en 2022.
Jubilación anticipada en 2022
La modalidad de jubilación anticipada, tal y como su propio nombre indica, permite adelantar el momento de la jubilación con respecto a la edad ordinaria vigente en cada momento. En este sentido, es necesario indicar que desde el 1 de enero de 2022 está en vigor las medidas de la primera pata de la reforma de pensiones, que introduce un refuerzo del cumplimiento de las penalizaciones por adelantar la jubilación.
Normalmente, en la jubilación anticipada se aplican coeficientes reductores a la pensión. Es decir, el ciudadano percibe menos cantidad en la pensión de lo que realmente le correspondería si hubiera optado por la jubilación ordinaria. Aunque existen modalidades de jubilación anticipada en la que el importe de la pensión no se ve afectado.
Las pensiones que no se ven afectadas por adelantar la jubilación son aquellas que se justifican por motivos de salud o para proteger a los sujetos con discapacidad. Igualmente, cuando una jubilación se produce de forma anticipada de manera involuntaria, la penalización de los coeficientes reductores es menor.
Pensión de jubilación anticipada por discapacidad
En la jubilación anticipada por motivo de discapacidad, la pensión no se ve afectada económicamente. Esto es así debido a que los años de anticipación se consideran cotizados a efectos de determinar el porcentaje de la base reguladora que corresponda al trabajador.
Respecto a esta modalidad de jubilación por discapacidad, se contemplan dos supuestos diferentes principalmente, tal y como indican los compañeros de ‘Jubilación de Futuro’:
- Trabajadores con una discapacidad incluida en listado recogido en el RD 1851/2009 de al menos el 45% y que hayan cotizado en dichas condiciones de discapacidad al menos 15 años. En esta situación, el sistema permite al ciudadano jubilarse a los 56 años sin que se apliquen coeficientes reductores a la pensión
- Por otra parte, todos los trabajadores que cuenten con una discapacidad de al menos el 65% y acrediten los requisitos generales de acceso a la jubilación, podrán adelantar la jubilación hasta 0,25 años por cada año cotizado en estas condiciones de discapacidad.
En esta última opción, el coeficiente puede pasar hasta 0,5 años en el caso de que el trabajador también acredite la necesidad de una tercera persona para la realización de las actividad básicas de la vida; además de contar con un grado de discapacidad mencionado. En cualquier caso, la edad de jubilación nunca podrá ser menor a 52 años en este año 2022.