El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) discrepa de la recomendación final de la Real Academia Española (RAE), que ve idóneo sustituir en la Constitución el término ‘disminuido’ por el de ‘discapacitado’ . Para la entidad, es más adecuado utilizar la expresión ‘personas con discapacidad’.
Tras conocer el informe de la RAE sobre lenguaje inclusivo en la Constitución española, emitido a solicitud del Gobierno, el CERMI ha expresado su desacuerdo con la propuesta concreta planteada por la institución académica para reformar el artículo 49 de la Carta Magna.
A juicio de la organización, la RAE «acierta cuando sugiere desterrar ‘disminuidos’ del léxico constitucional e incorporar el concepto de discapacidad en su lugar. Sin embargo, cree que «yerra con la expresión elegida (‘discapacitados’), en vez de ‘personas con discapacidad'», que para el CERMI «sería la apropiada».
Para la entidad, la Constitución es un instrumento jurídico –«la máxima norma del Estado español», recalca– y «ha de estar alineada con la terminología jurídica establecida por Naciones Unidas y la Unión Europea, y propugnada mayoritariamente por el movimiento español de la discapacidad».
«No hay que sustantivizar como nombre el adjetivo ‘discapacitados’ como determina la RAE, sino fijar constitucionalmente el término ‘personas con discapacidad», insiste.
Preferible el término ‘personas con discapacidad’
«No se trata de una cuestión lingüística menor, de mero detalle; optar por ‘personas con discapacidad’ es una cuestión de gran relevancia filosófica, política y simbólica, y también de percepción y conciencia sociales», recalca el CERMI.
Asimismo, «la discapacidad es una circunstancia, una situación o estado de la persona, por lo que debe afirmarse en la Constitución es ese dato esencial, el de persona, primero, que tiene una discapacidad, elemento adjetivo».
Tal y como incide, «utilizar ‘discapacitados’ «parte de la inteligencia de que la discapacidad es el factor que define y condiciona absolutamente a la personas, cuando es una nota más dentro de una construcción individual compleja y multidimensional».
«Cuando históricamente y hasta fechas no muy lejanas a las personas con discapacidad se les ha negado el estatuto de persona. Por ello, no está de más, afirmar, enfatizar la condición de persona, razón por la cual es preferible la locución ‘personas con discapacidad'», apostilla.
Tal y como remarca el CERMI, «así lo exige la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado de derechos humanos firmado y ratificado por España«. Por ello, este país «tiene que hacer suyo y trasladarlo a todas sus normas jurídicas internas, incluida la constitucional», según agrega la entidad.
Así pues, el CERMI planteará al Gobierno y a las fuerzas políticas, si se abre la reforma constitucional, que la denominación apropiada y procedente es la de «personas con discapacidad» a todos los efectos.
Además, recuerda que hace meses elevó formalmente a la RAE una propuesta de nueva acepción de ‘discapacidad’ y ‘persona con discapacidad’ para incorporar al Diccionario académico de la Lengua Española.