Centro Residenciales para Personas Mayores. Como solicitar una plaza

Los centros residenciales tienen como objetivo ofrecer servicios especializados y de cuidado a personas mayores que quieran mejorar su calidad de vida 

Residencia de personas mayores

Residencia de personas mayores

Los centros residenciales para personas mayores del Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) son establecimientos destinados al alojamiento temporal o permanente de personas mayores.

Dentro de esto se incluye los servicios y programa de intervención adecuadas a las necesidades de las personas objeto de atención, dirigida a la consecución de una mejor calidad de vida y a la promoción de su autonomía personal.

Objetivos de los centros residenciales para personas mayores

Tal y como informa el Imserso, ofrece, desde un enfoque biopsicosocial, servicios continuados, de carácter personal y sanitario; unos de carácter básico, como alojamiento, manutención, asistencia en las actividades básicas de la vida diaria, y atención social y sanitaria.

También ofrece otros servicios especializados, de prevención, asesoramiento y orientación para la promoción de la autonomía, atención social, habilitación o atención asistencial y personal; atención médica, psicológica, de enfermería, terapia ocupacional y rehabilitación funcional.

La prestación de este servicio puede tener carácter permanente, cuando el centro residencial se convierta en la residencia habitual de la persona; o temporal, cuando se atiendan estancias temporales de convalecencia o durante vacaciones; fines de semana y enfermedades o períodos de descanso de los cuidadores no profesionales.

El Imserso presta el servicio de atención residencial en su Residencia Mixta de Mayores de Melilla; y también a través de la actuación concertada de plazas residenciales en instituciones públicas o privadas.

Personas beneficiarias

De los centros residenciales podrán beneficiarse las personas que reúnan los siguientes requisitos:

Personas en situación de dependencia

Con carácter excepcional y previo estudio pormenorizado de cada caso, el órgano competente podrá autorizar el ingreso; como acompañantes del beneficiario, de familiares de éste, hasta el segundo grado de consanguinidad. Siempre que reúnan los requisitos de no padecer enfermedad infectocontagiosa, enfermedad crónica en estado terminal o enfermedad clínica que requiera atención imprescindible en centro hospitalario; no padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en el centro; ni demencia senil avanzada que requiera atención imprescindible en un centro psiquiátrico y acrediten su dependencia respecto del beneficiario.

Las personas en situación de dependencia, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y en sus normas de desarrollo, podrán ser, cuando así se determine por las Direcciones territoriales de Ceuta y Melilla, en base al Programa Individual de Atención, titulares del servicio de atención residencial.

¿Dónde puedo presentar la solicitud?

Las solicitudes de ingreso en la Residencia Mixta de Mayores del Imserso de Melilla, y en los centros concertados para personas mayores; se formularán, en modelo normalizado, por los beneficiarios o por sus representantes legales y podrán presentarse en:

En el supuesto de personas en situación de dependencia, no procede solicitud, si no que habrá de estarse a lo que establece la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

Las Direcciones Territoriales del Imserso, de Ceuta y Melilla, procederán al reconocimiento, cuando proceda, de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, entre las que se encuentra el Servicio de atención residencial, respecto de los interesados cuyo domicilio radique en estas Ciudades Autónomas.

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