Las pensiones no contributivas (PNC) son prestaciones de la Seguridad Social para personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y que no reúnen los requisitos correspondientes para tener derecho a una pensión contributiva. En las PNC encontramos las modalidades de jubilación e invalidez.
En este contexto, la Seguridad Social aclara que «las PNC se financian a través de aportaciones del Presupuesto del Estado al de la Seguridad Social, figurando el crédito en el Presupuesto de gastos y dotaciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), abonándose a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, excepto en las Comunidades Autónomas de Navarra y el País Vasco».
A principios de 2022, el Gobierno de España aprobó en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) una subida del 3% en la cuantía de las pensiones no contributivas. Si bien, a partir de julio de 2022 ha entrado en vigor una nueva medida anticrisis, por la cual se incrementan las pensiones no contributivas en un 15% hasta el 31 de diciembre de 2022.
Requisitos para cobrar la PNC
Para tener derecho a una pensión no contributiva de invalidez o jubilación, es necesario cumplir con los requisitos establecidos. El organismo público encargado de la gestión y tramitación de las PNC es el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
El principal requisito es que no cumplan las condiciones propias para tener derecho a una pensión contributiva. Por otra parte, también se exige un requisito de carencia de rentas, como prueba de que dicha persona se encuentra en situación de vulnerabilidad.
En este sentido, el IMSERSO considera que existe carencia de rentas en 2022, cuando la persona disponga de ingresos personales, en cómputo anual inferiores a 5.899,60 euros. «No obstante, si son inferiores a 5.899,60 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a unas cuantías determinadas».
Además, en función del tipo de PNC, el IMSERSO solicita unos requisitos concretos. Por ejemplo, en la pensión no contributiva de jubilación es necesario tener al menos 65 años y residir en territorio español durante un periodo de al menos diez años desde el cumplimiento de los 18 años y el devengo de la pensión. Dos de esos años deben ser inmediatamente anteriores y continuados a la solicitud.
En el caso de la PNC de invalidez, es obligatorio tener 18 años o más y menos de 65. Se debe acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Y también residir en territorio español durante un periodo de al menos cinco años, siendo dos de ellos inmediatamente previos a la fecha de solicitud.
Pérdida de la pensión no contributiva
Los beneficiarios de este tipo de pensión deben presentar una declaración anual de rentas para certificar que siguen cumpliendo el requisito inicial. De lo contrario, se suspenderá el pago de la PNC hasta que se acredite que se cumplen todos los requisitos. Podría finalizar con la extinción del derecho a dicha pensión.
Por otra parte, los beneficiarios también deben comunicar al IMSERSO cualquier modificación que se produzca en la unidad familiar. Esta situación podría afectar directamente en el cumplimiento de los requisitos.
El motivo más evidente por el que se puede perder la pensión no contributiva es por tener más ingresos de los estipulados como requisitos. Además, cualquier infracción con la Administración Pública también podría ser motivo de extinción del derecho.