Estos son los casos en los que tienes derecho a cogerte una excedencia

Estos son los casos en los que tienes derecho a cogerte una excedencia

Estos son los casos en los que tienes derecho a cogerte una excedencia

Una excedencia una suspensión del contrato de trabajo a solicitud del trabajador. La empresa tiene la obligación de concederla y además, conlleva la conservación del puesto de trabajo. Además, durante el periodo en el que el trabajador no acuda a su puesto, no recibirá salario, pero sí se contabilizará ese periodo como trabajado a efectos de cómputo de antigüedad.

Por tanto, se trata de un mecanismo mediante el cual, el trabajador deja su puesto de trabajo y por tanto, de formar parte de la empresa de forma temporal. Aunque renuncia también a la remuneración económica, es decir, al salario, no se desvincula de la empresa. Pues esta, tiene la obligación de ofrecerle el mismo u otro puesto en la entidad, al término del periodo de excedencia.

Pero, ¿Qué causas pueden llevar a un trabajador a pedir una excedencia? Estas pueden ser muy diversas. Sin embargo, suelen ser situaciones personales que durante un periodo, les dificulten al trabajador poder sobrellevar todo a la vez. Responsabilidades o situaciones que afrontar, para las que están contemplada esta figura en la normativa laboral de nuestro país.

Toda la normativa que regula esta figura, está recogida en el Estatuto de los Trabajadores. Este recoge el derecho de los trabajadores a solicitar una excedencia si lo necesitara. No obstante, para poder acceder a la misma, es necesario cumplir una serie de requisitos. Estos también están recogidos en el Estatuto, junto a los tipos de excedencias existentes y las condiciones en que se pueden disfrutar.

Excedencia forzosa

Ateniendo a la definición inicial, resulta difícil entender cómo una excedencia puede ser de tipo forzoso. Pues como hemos adelantado, se trata de la solicitud del trabajador para que se le suspenda el contrato durante un periodo de tiempo por cuestiones que atender, incompatibles con el trabajo. De este modo, el trabajador renuncia al salario aunque conserva el puesto de trabajo para cuando decida volver. En base a estas condiciones, parece ser una decisión voluntaria. Sin embargo, efectivamente, no siempre es así.

La excedencia forzosa está contemplada para aquellos trabajadores que tienen que dejar su puesto de trabajo en una empresa, para ostentar, por designación o elección, un cargo público incompatible con su puesto de trabajo. En este caso, es evidente que la petición es forzosa. En este caso, al fin de la tarea de cargo público, el trabajador podrá volver a la empresa donde conservará su puesto de trabajo. No obstante, dispondrá de un mes de plazo para comunicar su reincorporación, una vez finalice su periplo como cargo público.

Excedencia voluntaria

Como su propio nombre indica, ahora sí, la excedencia voluntaria es la que solicita el propio trabajador. Para poder acceder a ello, debe cumplir dos requisitos fundamentales. Por un lado, que lleve al menos un año en la empresa, y por otro, si ya disfrutó de una excedencia voluntaria en el pasado, deben haber transcurrido al menos cuatro años. En cuanto a la duración, varía entre un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años.

Existen dos casos, considerados ‘especiales’, en el que la excedencia se pide con un fin concreto y por tanto, cuenta con sus propias premisas. Es el caso, por ejemplo, de la excedencia que se puede pedir con motivo del cuidado de un hijo. El trabajador podrá disfrutar de este derecho independientemente de que sea padre o madre por naturaleza, adopción o acogida con fines de guardia.

El cuidado de familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, es otro motivo especial por el que se puede pedir una excedencia. Este puede solicitarse por razones de edad de la persona a la que se va a cuidar, pero también porque haya sufrido un accidente, enfermedad o discapacidad y no puedan valerse por sí mismas. No obstante, existe una limitación. Y es que esta dedicación no puede estar remunerada.

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