La migraña es una enfermedad que puede ser causante de una incapacidad permanente en muchos trabajadores. Para obtener el reconocimiento de una incapacidad permanente por migraña es obligatorio que se cumplan una serie de requisitos imprescindibles.
Según informan los expertos de ‘Mayo Clinic’, «la migraña es un dolor de cabeza que puede causar un dolor pulsátil intenso o una sensación pulsante generalmente de un solo lado. A menudo suele estar acompañada de náuseas, vómitos y sensibilidad a la luz y al sonido. Los ataques de migraña pueden durar de horas a días y el dolor puede ser tan intenso que interfiere en tus actividades diarias».
Incapacidad permanente por migraña
El dolor puede ser tan intenso durante un ataque de migraña que puede afectar a la capacidad laboral del trabajador. Por ello, en determinados casos, un trabajador tiene la posibilidad de solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente por migraña.
Para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca una incapacidad permanente por migraña, es obligatorio que se determine que existe gravedad por la frecuencia e intensidad de la crisis.
Es decir, que se diagnostique a una persona con migraña no significa que tenga derecho directamente a una incapacidad permanente. En este sentido, es preciso analizar cada caso de manera particular.
Al respecto, los abogados especialistas de ‘CampmanyAbogados’ indican que «la responsabilidad principal recaerá en el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), quien examinará si el caso es grave y si se han agotado las vías terapéuticas con los tratamientos disponibles».
Existen diferentes grados de incapacidad permanente que se pueden conceder a un trabajador por migraña en España, en función de la gravedad de su situación y de la afectación en el ámbito laboral.
Grados de incapacidad permanente por migraña
El INSS puede reconocer una incapacidad permanente por migraña cuando se determine que los ataques afectan a la actividad profesional habitual del trabajador, aunque estos ataques no se produzcan diariamente.
Una incapacidad permanente total implica la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. También puede ser del 75% de la base reguladora, en caso de que la persona beneficiaria tenga 55 años o más y esté en paro.
También existe la posibilidad de obtener una incapacidad permanente absoluta por migraña, en caso de que la continuidad de la crisis sea más elevada. Suele darse en situaciones de migrañas semanales, de varios días de duración entre el inicio del dolor y la fase de agotamiento.
En relación a la incapacidad permanente absoluta, los profesionales de ‘CampmanyAbogados’ aclaran que «el neurólogo tiene que especificar que existe una clara limitación derivada de ello, y que el dolor y los síntomas influyen en las actividades cotidianas y laborales».
La incapacidad permanente absoluta es el grado más elevado que se puede reconocer a un trabajador por migraña en España. Así, el reconocimiento de una incapacidad absoluta conlleva la percepción de una pensión con una cuantía equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador.
En definitiva, podemos afirmar que sí es posible obtener una incapacidad permanente por migraña en España. Sin embargo, cada caso debe estudiarse de forma particular teniendo en cuenta diferentes factores como el grado de afectación del trabajador, su profesión habitual o la recurrencia con la que aparezcan los dolores.