La incapacidad temporal es una situación dentro del marco laboral en la que el trabajador no puede realizar su actividad laboral habitual debido a una serie de lesiones o enfermedad. Se trata de una situación conocida popularmente como baja médica.
Tal y como su propia denominación señala, esta situación tiene carácter temporal. Es decir, una vez que el trabajador recibe el alta médica puede reincorporarse con total normalidad a su puesto de trabajo regular.
Tanto la baja médica por incapacidad temporal como las situaciones de pensión de incapacidad permanente comparten los mismos hechos causantes. Es decir, enfermedad profesional, enfermedad común, accidente de trabajo o accidente no laboral.
Causas por las que se puede perder la incapacidad temporal
La causa más común por la que se extingue la baja médica por incapacidad temporal es recibir el alta médica. Es decir, cuando su médico de cabecera, Tribunal Médico o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) entiende que el trabajador se encuentra en buen estado y puede reincorporarse sin problemas a su puesto de trabajo.
Sin embargo, pueden darse diferentes circunstancias que extingan el derecho a seguir de baja médica por incapacidad temporal y no ser el alta médica. Los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ enumeran las siguientes situaciones:
- Por haber transcurrido el plazo máximo de percepción de 545 días. Desde ese momento, el trabajador debe estar pendiente por si el Instituto Nacional de la Seguridad Social decide conceder la incapacidad permanente o no.
- Inicio de un proceso de incapacidad permanente a instancias del INSS. Esto no ocurre si la solicitud de incapacidad permanente parte del propio trabajador.
- Por jubilación del trabajador.
- Por incomparecencia a una citación de control de la baja médica.
- Finalmente, también se puede perder por fallecimiento del trabajador en cuestión.
Por otra parte, también es importante conocer que ocurre cuándo se produce una recaída de la incapacidad temporal. Es decir, una situación en la que se vuelve a la baja médica por el mismo motivo que dio lugar a la primera baja, sin que hayan transcurridos seis meses desde el alta previo.
En este caso de incapacidad temporal por recaída, los trabajadores deben tener claro que podrá disponer de los mismos derechos que disfrutó en la situación anterior.,
¿Quién se encarga de controlar la baja médica?
Normalmente, el control de la baja médica de incapacidad temporal es controlado por el médico de cabecera. Si se trata de enfermedad común es seguido por el ICAMS o el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
También se puede dar el caso de que una empresa tenga cubierta las contingencias comunes con una mutua de accidentes de trabajo, cuando ésta sea el hecho causante de la baja médica del trabajador.
En este caso, es posible que la Mutua también establezca un seguimiento y control de la baja médica por incapacidad temporal del trabajador en cuestión.
Además, los compañeros de ‘CampmanyAbogados‘ argumentan que si la baja médica se tiene por accidente de trabajo o enfermedad profesional, la responsabilidad de controlar la situación siempre recae en el ICAMS, EVI o Mutua de Accidentes de Trabajo.