Cárcel para el conductor de autobús por la muerte de una persona mayor tras no anclar bien su silla de ruedas

El conductor no cumplió con "las reglas de cuidado más elementales y, prescindiendo de las reglas de fijación de las sillas de ruedas al vehículo"

La sentencia recoge que el conductor no ancló bien la silla de ruedas de la persona mayor

La sentencia recoge que el conductor no ancló bien la silla de ruedas de la persona mayor

La sentencia de la Fiscalía ha decidido multar con un año de cárcel al chófer del transporte especial para personas con discapacidad de los usuarios de un centro de día de Guipuzkoa. El motivo que ha causado dicha pena ha sido su responsabilidad en la muerte de una persona mayor de 83 años, «gran dependiente». Y es que, como recoge la sentencia, el conductor no ancló bien la silla de ruedas a los sistemas de fijación del autobús que conducía durante un traslado en Irún.

Además, según recoge 20 Minutos, el procesado reconoció los hechos y llegó a un acuerdo con la Fiscalía y la acusación. Al año de cárcel hay que sumarle la inhabilitación durante tres años para la conducción de vehículos dedicados al traslado de personas con movilidad reducida y el pago, a modo de indemnización, a la familia del fallecido de 231.472 euros.

El conductor no cumplió con la normativa

La sentencia recoge que los hechos tuvieron lugar el 7 de marzo de 2018, cuando el conductor se encargaba del traslado de los residentes del centro de día de una residencia de Irún a sus respectivos domicilios. Además de conducir, el chofer se encargaba de manipular la plataforma. Todo ello con el fin de que los usuarios en silla de ruedas pudieran acceder y bajar al vehículo.

En la plataforma, debe de subir encima al usuario «con la silla frenada y subirla suavemente». Una vez en el interior del vehículo, tenía que «fijar los anclajes del autobús a la silla de ruedas«. De esta manera, la silla quedaría «frenada y anclada» en el autocar.

Sin embargo, aquel día el conductor no cumplió con la normativa. Omitió «las reglas de cuidado más elementales y, prescindiendo de las reglas de fijación de las sillas de ruedas al vehículo». Y es que no aseguró «uno de los sistemas de retención que anclaban las dos partes de la silla» de la persona mayor ahora fallecida.

Durante el trayecto, ocurrió un percance en la calle Blaia-vía de la localidad fronteriza, «con un 11,82% de pendiente». Fue entonces cuando la silla de ruedas de la víctima «basculó y volcó hacia atrás». Tras la caída, el perjudicado se «golpeó la cabeza con la parte interior de las puertas traseras del vehículo».

Al darse cuenta de lo sucedido, el chófer paró el autocar, incorporó a la persona mayor, lo colocó «correctamente» en el vehículo y lo trasladó a su domicilio. Acto seguido, también llegó allí una ambulancia medicalizada. Esta se encargó de conducir al damnificado al Hospital Donostia, donde ingresó con un traumatismo craneoencefálico.

La persona mayor no superó la fractura con aplastamiento

En el momento del ingreso en el centro, la persona mayor herida ya «no movía las extremidades inferiores ni superiores». Tras realizarle varias pruebas diagnósticas, «se observó que tenía una fractura con aplastamiento» en las cervicales.

El hombre quedó en observación. Sin embargo, dos horas después de su ingreso, sufrió una disminución del nivel de consciencia. Los médicos le realizaron un TAC craneal. Sin embargo, minutos después «entró en parada cardiorrespiratoria» sin responder a las maniobras de reanimación y falleció.

El informe definitivo de la autopsia aclaró que su fallecimiento respondió a «una muerte violenta de etiología médico legal accidental». Todo ello debido a un «traumatismo craneocervical que permite establecer una relación directa en el ámbito estrictamente médico entre la caída y «la causa de la muerte».

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