En 2023 ha entrado en vigor un nuevo Real Decreto que regula diferentes aspectos de gestión y control de los procesos de baja médica por incapacidad temporal. El principal objetivo de estas medidas, que ya han comenzado a aplicarse, es agilizar los habituales trámites y eliminar las obligaciones burocráticas que rodean a la incapacidad temporal.
Concretamente, las nuevas medidas aprobadas por el Consejo de Ministros, introducen modificaciones en el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. Así, estos cambios tienen efectos en los primeros 365 días de baja por incapacidad temporal. Según informan desde el Gobierno de España, constituye un «importante beneficio» para empresas, trabajadores y facultativos del sistema de salud.
Por norma general, la baja médica por incapacidad temporal tiene una duración máxima de 365 días. Sin embargo, en determinados casos se puede prorrogar durante 180 días más, hasta 545 días. En casos muy específicos, la baja laboral puede ampliarse hasta los dos años de duración, aunque se trata de una situación excepcional.
Cuando un trabajador recibe el alta médica, debe reincorporarse con total normalidad a su puesto de trabajo habitual. Si bien, en algunos casos particulares, la incapacidad temporal puede derivar en el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Baja de incapacidad temporal
Una de las principales novedades se encuentra en los partes médicos de bajas y altas. Así, solo será necesario entregar una copia a la persona trabajadora. De esta forma, se elimina la obligatoriedad de que la persona trabajadora tenga que entregar una copia de la baja médica por incapacidad temporal a la empresa, entidad gestora o mutua. Es decir, se eliminan procesos burocráticos tediosos para las partes implicadas.
Por otro lado, la nueva normativa del Gobierno de España establece una comunicación telemática entre las entidades emisoras y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La finalidad es evitar aquellos trámites que puedan ser ‘gravosos’ para personas que se encuentran de baja por incapacidad temporal. Igualmente, se potencian las posibilidades de mejorar la eficiencia y eficacia que ofrecen los avances de digitalización y tecnologías.
Es necesario recordar que la incapacidad temporal es una situación delicada en la que el trabajador se encuentra inhabilitado temporalmente para ejercer su profesión habitual, debido a una lesión o enfermedad. Durante el periodo de baja, el trabajador percibe una prestación económica de acuerdo a su base reguladora.
Plazos de revisión médica
La baja médica por incapacidad temporal puede derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. En función de la causa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social exige unos u otros requisitos para acceder a la incapacidad temporal en 2023.
Además de todo lo expuesto anteriormente, el nuevo Real Decreto expone que el personal facultativo tendrá potestad para fijar plazos de revisión inferiores a los señalados. Todo ello en los procesos de incapacidad temporal y en función de la evolución que presente el trabajador.
Desde el Gobierno de España justifican que se pretende evitar las dudas interpretativas que pueden surgir por la redacción de la actual norma en cuanto a la baja médica por incapacidad temporal de los trabajadores.