Los cambios que debes comunicar a la Seguridad Social para no perder la pensión

Los pensionistas deben comunicar ciertos cambios a la Seguridad Social para no poner en riesgo el cobro de su pensión contributiva

Comunicar cambios a la Seguridad Social para no perder la pensión./ Licencia Adobe Stock

Las personas beneficiarias de una pensión contributiva de la Seguridad Social deben cumplir con una serie de obligaciones básicas. En concreto, aquellas personas perceptoras de una pensión de jubilación, viudedad e incapacidad permanente.

A priori, hablamos de pensiones contributivas con carácter vitalicio. Sin embargo, el hecho de no cumplir con ciertas obligaciones, puede provocar que el ciudadano ponga en riesgo el cobro de dicha pensión.

Cambios que se deben comunicar a la Seguridad Social

Durante todo el periodo de percepción de una pensión contributiva, es normal que puedan producirse ciertos cambios de importancia para la Seguridad Social. Así, el pensionista tendrá la obligación de comunicar dichas modificaciones a la Administración en tiempo y forma.

Comunicar cambios a la Seguridad Social para no perder la pensión
Comunicar cambios a la Seguridad Social para no perder la pensión./ Licencia Adobe Stock

Por ejemplo, es fundamental que el pensionista comunique a la Seguridad Social cualquier cambio de domicilio. Este hecho es clave, principalmente, para el envío de cualquier tipo de comunicación por correo ordinario hacia el ciudadano.

Otro aspecto imprescindible que se debe comunicar a la Seguridad Social es cualquier cambio en el número de cuenta bancaria. Si el pensionista cambia de número de cuenta y no lo informa a la Administración, lo más seguro es que se ocasionen inconvenientes a la hora de percibir la correspondiente pensión contributiva.

La Sede Electrónica de la Seguridad Social incorpora un servicio que permite informar de todos estos cambios de manera online. Del mismo modo, los ciudadanos que lo prefieran pueden comunicar todos estos cambios a la Seguridad Social por vía telefónica o de forma presencial.

Si no se comunican estas modificaciones a la Seguridad Social, no se producirá una pérdida del derecho a cobrar la correspondiente pensión contributiva. Eso sí, se generará una suspensión del pago hasta que se aclare el problema.

Otras comunicaciones claves

Existen determinados casos en los que los pensionistas deben realizar una comunicación obligatoria de manera anual. Por ejemplo, en el caso de aquellos pensionistas que perciben una pensión contributiva española y residen en el extranjero.

Estos pensionistas que viven en el extranjero deben acreditar su vivencia ante la Seguridad Social durante el primer trimestre de cada año. Se trata de una manera de garantizar que el pensionista sigue vivo y, por tanto, continúa con el derecho a cobrar la pensión contributiva.

Si el pensionista no cumple con este trámite, el pago de la pensión contributiva quedará suspendido hasta que finalmente presente el documento de fe de vida que acredita la vivencia. Recientemente, la Administración ha incorporado un nuevo servicio para que todos estos pensionistas puedan acreditar la vivencia.

Otro caso particular se produce con las personas beneficiarias de pensiones no contributivas de jubilación y pensiones no contributivas de invalidez. Estos pensionistas tienen la obligación de presentar una Declaración de Ingresos Anual durante el primer trimestre de cada año.

El objetivo de la Declaración de Ingresos es certificar que el pensionista sigue cumpliendo con el requisito de carencia de rentas para continuar percibiendo la pensión no contributiva del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).

Finalmente, en caso de fallecimiento del pensionista, también es obligatorio que los familiares certifiquen su defunción a la Seguridad Social. Cobrar la pensión contributiva de una persona fallecida en España constituye un delito muy grave.

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