2024 viene con cambios para la incapacidad temporal. En esencia, se trata de una modificación en el proceso de comunicación entre los afectados en cualquier proceso de baja laboral, es decir, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el afectado y la empresa. Y es que son muchas las ocasiones en las que se complica todo el proceso debido a los trámites burocráticos que conlleva cualquier justificación para darse de baja en una empresa.
Pero, ¿Cuál será el cambio principal? Hasta el momento, cuando a una persona se le concedía una incapacidad temporal, era el propio trabajador el que debía hacerse responsable de entregar su parte de baja a la empresa, así como el del alta o la confirmación e informes médicos. Sin embargo, este proceso va a cambiar radicalmente gracias al Real Decreto 1060/2022. Ahora, será el propio Instituto Nacional de la Seguridad Social quien se encargue de remitir de forma directa todos los documentos a la empresa de forma online.
Cambios en el procedimiento de actuación cuando se concede una incapacidad temporal
El motivo por el que ya no será el trabajador quien se responsabilice de justificar y entregar la documentación pertinente a la empresa cuando le concedan una incapacidad temporal, es por economizar tiempo y esfuerzo de todas las partes. Es decir, agilizar el proceso y eliminar intermediarios. Y es que con el sistema anterior, el trabajador que estaba de baja, debía ocuparse de todo este proceso.
Con este cambio, será tan sencillo como realizar la comunicación directa de forma online entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la empresa. Entre los beneficios de este cambio, además de la rapidez, o el beneficio para la tranquilidad del trabajador que podrá dedicar su tiempo a recuperarse, se espera que contribuya a realizar gestiones más eficientes y transparentes de las bajas, evitando así retrasos en la transmisión de información.
Esta comunicación fluida entre INSS y empresa, conlleva otra novedad en el sistema de gestión de la incapacidad temporal. Y es que a partir de ahora, la administración podrá solicitar a la empresa lo que han denominado «datos extraordinarios» sobre el trabajador. Estos pueden ir desde informes sobre el puesto que desarrolla, las tareas específicas que debe llevar a cabo, o cualquier información que el INSS considere relevante para valorar la baja laboral.
Las bajas se concederán con una mayor argumentación
Una incapacidad temporal se concede a un trabajador que por enfermedad o lesión, no puede seguir desarrollando su actividad profesional habitual hasta que se recupere. Se trata de un parón en el trabajo que es necesario por la salud de los empleados, pero que debe estar bien estudiado para ser lo más justo posible en cada caso. Es por ello, que todo cambio que conlleve el acceso a una mayor información y de forma rápida, beneficiará a todo el sistema.
Por tanto, el objetivo del Instituto Nacional de la Seguridad Social con este cambio es tener una visión más completa del trabajador que solicita la baja. De este modo, se podrá ajustar su tiempo de recuperación a sus necesidades, y además, se vitarán que se cometan fraudes. Pues por desgracia, la existencia de esta herramienta necesaria como es la incapacidad temporal, implica que haya quienes quieran aprovecharse de él sin razón para ello.
No obstante estos cambios conllevan un esfuerzo por parte de todos, fundamentalmente, por parte de las empresas. Estas tendrán que adaptar su forma de operar para a partir de ahora, cumplir con este requisito de comunicación con el INSS. Además, los trabajadores tendrán que conservar su derecho en cuanto a la protección de sus datos se refiere, por lo que tanto empresa como administración, deberán mantener siempre esta garantía.