Cambio radical en el reconocimiento de una incapacidad permanente: no volverá a ser como antes

A partir de ahora el derecho laboral respaldará de una forma como nunca antes, a los trabajadores a los que se le concede una incapacidad permanente

El trabajador con incapacidad permanente será quien decida sobre su futuro laboral

Las consecuencias por el reconocimiento de una incapacidad permanente ya no volverán a ser las mismas gracias a la modificación que el Gobierno de España está llevando a cabo. Y es que el pasado mes de julio, el Consejo de Ministros aprobó un cambio que va a ser radical para quienes tengan que asumir un tipo de incapacidad permanente ya sea total, absoluta o de gran invalidez. Pero, ¿Cuál es ese cambio que va a cambiar por completo una parte del proceso habitual en beneficio de la persona que cuenta con la incapacidad?

Pues que se ha eliminado la opción de despido automático con el que contaban las empresas cuando a un trabajador le concedían una incapacidad permanente. Es decir, hasta ahora, la empresa contaba con la potestad de despedir de forma automática al trabajador, porque se le había concedido una incapacidad permanente. Para muchos, esto era una gran aberración para el trabajador que no solo se le quitaban sus opciones, sino que se le negaba cualquier tipo de opción a actuar en base a su voluntad.

La incapacidad permanente llega con un gran cambio

El Gobierno de España ha llevado a cabo uno de los cambios más demandados en cuanto a la gestión laboral de la incapacidad permanente. Y es que hasta ahora, cuando a una persona le concedían este tipo de incapacidad, la empresa tenía el poder de despedir al empleado sin ni siquiera contar con su opinión. Es decir, de forma automática y fulminante, porque así se recogía en el artículo 49.1 e.) del Estatuto de los Trabajadores.

Solicitud incapacidad permanente
Solicitud incapacidad permanente

Sin embargo, esto ya no será como antes. Y es que gracias a la reforma aprobada por el Consejo de Ministros, se ha eliminado este despido automático a un trabajador por una incapacidad permanente. De hecho, el Estatuto de los trabajadores va a ser modificado con el objeto de proteger más eficazmente el empleo de las personas con algún tipo de discapacidad. Por lo que se hace justicia con estas personas que en adelante, tendrán voz en la que es su vida laboral.

Por si esto fuera poco, las empresas no solo pierden la potestad de despedir a su trabajador de forma automática, sino que tienen que acatar la decisión de este una vez decida qué hacer con su futuro laboral. Esto significa, que será el propio trabajador quien tras serle concedida la incapacidad permanente, decidirá si quiere seguir trabajando en su puesto pero adaptado a su nueva situación, si quiere otro puesto más acorde en la misma empresa, o acata el despido.

Proceso para decidir qué hacer

El procedimiento, tras esta nueva reforma será el siguiente: Una vez se le conceda al trabajador la incapacidad permanente, este cuenta con un mes de tiempo para decidir qué hacer. Es decir, para tomar la decisión de pedir que se adapte su puesto habitual de trabajo, si solicita otro puesto en la empresa, o si se va. Además, durante este mes estarán cubiertos por el subsidio por incapacidad temporal para que no queden desprotegidos económicamente.

Una vez tomada la decisión, si la opción es alguna de las posibles en cuanto a quedarse en la empresa, esta contará entonces con tres meses, para adaptar el puesto de trabajo a las nuevas necesidades del trabajador, o buscarle otro puesto más acorde a él, si así lo ha solicitado.

Bien es cierto que la tercera opción, la del despido, también sigue siendo elegible. Sin embargo, esta decisión no será potestad de la empresa o empleador, sino del trabajador. De este modo, el derecho laboral de estos trabajadores da un vuelco para darles voz en un ámbito que les compete por completo.

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