Tras duros meses de negociación, la nueva Ley de la Vivienda va cogiendo forma. De esta manera, según recoge, el pacto alcanzado entre PSOE, ERC y EH-Bildu va a fijar el tope del precio del alquiler al 3% revisable al 2025. Esta temática lleva siendo uno de los temas más hablados en el Congreso durante la última legislatura.
La normativa también recoge que serán cinco el número de viviendas que debe tener una persona física o jurídica en propiedad para considerarse gran tenedor.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya recogió lo que dice esta normativa de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que ya entró en vigor, salvo lo relativo a los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, que iniciarán su vigencia el 1 de enero de 2024.
EL CAMBIO DE LOS ALQUILERES EN LA LEY DE LA VIVIENDA
Desde el Gobierno se informa que que la nueva Ley de la Vivienda trae un gran cambio para las personas que viven de alquiler. De hecho, debemos de saber que para cualquier persona que la persona que está en situación de alquiler tiene una serie de gastos que dificultan mucho el acceso a la primera vivienda. Y es que comprar un inmueble es algo muy complicado. Debido a los altos precios de la vivienda y la dificultad para hacer a una hipoteca, que cuenta con unos intereses elevados.
Pues bien, si encima la persona está en situación de alquiler, es un impedimento más para acceder a la compra de una vivienda. Y es que cuando alquilamos una vivienda hay que afrontar gasto como la fianza que, según el tipo de contrato, puede llegar a ascender a más de un mes. Además, en muchas ocasiones nos encontramos que los portales inmobiliarios también con un gasto o comisión que, hasta ahora, el inquilino debía pagar a la agencia que gestionaba la operación.
La nueva normativa, según el comunicado por los grupos parlamentarios, recoge que «los gastos y honorarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario». Es decir, cuanto entre en vigor esta normativa, serán los arrendatario o caseros quienes tendrán que hacer frente a la tarifa de la agencia que se paga cuando se alquila la vivienda.
De esta forma «se termina con los abusivos gastos y honorarios inmobiliarios que impiden a muchas personas, especialmente a los y las jóvenes, acceder a una vivienda por el desembolso inicial que supone. El servicio inmobiliario se presta al propietario, y por tanto será este el que deba asumir los gastos que dicho servicio genere».
OTRAS INICIATIVAS DE LA NUEVA LEY DE LA VIVIENDA
Esta nueva Ley de la Vivienda introduce el concepto de vivienda asequible incentivada, como figura necesaria para incrementar la oferta a corto plazo. El objetivo de esta medida pasa por tratar de otorgar beneficios de carácter fiscal o urbanísticos a cambio de que las viviendas de titularidad privada, incluidas las entidades del tercer sector (asociaciones, fundaciones), se destinen al alquiler a precios reducidos para aquellas personas cuyo nivel de ingresos no les permite acceder a una vivienda a precio de mercado.
Además, la Ley de la Vivienda también contempla el impulso de la vivienda protegida en alquiler a precio limitado. Se establece un porcentaje mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida.
Finalmente, se incrementan los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida, del 30 al 40% en el suelo urbanizable (actuaciones de nueva urbanización), y del 10 al 20 por ciento en suelo urbano no consolidado (actuaciones de reforma o renovación de la urbanización).