La pandemia del Covid-19 ha provocado cambios sustanciales a todos los niveles de la sociedad y en todos los ámbitos. Incluso ocasionó la modificación de algunos requisitos para acceder a diferentes tipos de subsidios o ayudas por parte de la Seguridad Social; cómo la búsqueda activa de empleo.
En este sentido, durante la pandemia del Covid-19 fue suspendida la Búsqueda Activa de Empleo como un requisito para acceder al subsidio extraordinario por desempleo y el subsidio de la Renta Activa de Inserción (RAI).
Sin embargo, tal y como ha informado el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE); desde el 1 de junio de 2021, la Búsqueda Activa de Empleo vuelve a ser un requisito indispensable para poder tener derecho a recibir tanto el subsidio por desempleo extraordinario, como el subsidio de la RAI.
Qué es la Búsqueda Activa de empleo
La Búsqueda Activa de Empleo (BAE) es el conjunto de acciones realizadas para la puesta en práctica de estrategias orientadas tanto a encontrar empleo como a mejorar la empleabilidad.
https://x.com/empleo_SEPE/status/1400346918266589184?s=20
El objetivo de esta tarea es que la persona demandante de empleo incremente sus posibilidades de inserción y/o mejorar su situación en el mercado de trabajo.
Así, las condiciones sociales de la pandemia del Covid-19 llevaron al Gobierno central a suprimir este requisito como condición para ser beneficiario del subsidio extraordinario por desempleo y el subsidio de la RAI, entre otros.
Esto es debido a que durante gran parte de la pandemia, la actividad económica se ha visto frenada de raíz debido a las restricciones de movilidad; además de la suspensión de toda actividad no esencial. Algo que evidentemente ha afectado al empleo en toda España.
Sin embargo, el mes de mayo ha sido un mes positivo para el empleo y ya se considera que se ha producido el pistoletazo de salida hacia la recuperación económica y un impulso para el empleo.
Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio extraordinario por desempleo está dirigido a unos ciudadanos con características específicas en el marco de la pandemia contra el Covid-19:
1. Personas que hayan extinguido cualquiera de los subsidios por desempleos que recoge el sistema español.
2. Personas que acrediten ser parados de larga duración y hayan agotado el derecho a percibir las prestaciones de la RAI o PREPARA.
En este sentido, el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones «considera persona parada de larga duración aquella que haya permanecido inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días; siempre en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario».
Así, para acceder al subsidio de la Renta Activa de Inserción (RAI) en España; la persona solicitante deberá acreditar al menos tres acciones de Búsqueda Activa de Empleo (BAE).
A la RAI pueden acceder los parados de larga duración, personas con discapacidad, personas víctimas de violencia de género o personas emigrantes retornadas. Siempre que cumplan con los requisitos establecidos para ello.