Buenas noticias para los herederos de Andalucía: este es el impuesto de sucesiones que deberán pagar

El Impuesto de Sucesiones en Andalucía está bonificado al 99% debido a que muchas personas se veían obligadas a renunciar a una herencia por no poder pagar este tributo

Buenas noticias para los herederos de Andalucía: este es el impuesto de sucesiones que deberán pagar

Impuesto de Sucesiones para los herederos en Andalucía

La herencia es la manera más amarga de recibir bienes e inmuebles para una persona, ya que, directamente, implica el fallecimiento de un ser querido y muy cercano, generalmente alguien del núcleo familiar. Además, en el momento de heredar, en algunas comunidades, se debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que en Andalucía está bonificado al 99%, dependiendo de los grupos de parentesco.  De este modo, la cantidad que hay que pagar al Estado regional varía en función del valor de lo que se haya heredado.

En este sentido, de acuerdo con las instituciones, uno de los motivos para la prácticamente eliminación de este tributo es que muchas personas se veían obligadas a renunciar a la herencia de un pariente cercano porque no podían hacer frente al pago del impuesto. De hecho, este pago afecta a la transmisión de bienes y derechos por una herencia, una donación o un legado. La normativa en la comunidad autónoma está regulada en la Ley 5/2021 del 20 de octubre de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Impuesto de Sucesiones en Andalucía.

Impuesto de Sucesiones en Andalucía

Es importante resaltar que no hay una cantidad fija para todos los beneficiarios de una herencia o donación, sino que el cobro de este impuesto dependerá de diferentes factores, como el valor de los bienes y la cercanía con el fallecido. Cuanto más cercano sea, menos se paga. Por tanto, para calcular cuál es la cantidad exacta a abonar por cada receptor de bienes e inmuebles, se deben seguir una serie de pasos previos:

En este primer apartado hay que sumar el valor real de los bienes que se heredarán y restarle deudas, cargas y deducciones. En el caso de viviendas se tiene en cuenta el estado del mercado, por lo que es importante que la valoración sea precisa para evitar problemas con la Administración Tributaria. De esta manera se podrá saber la cantidad neta que va a incrementar el patrimonio de la persona beneficiaria.

Dependiendo de cuál sea el grado de parentesco con la persona fallecida ,y si el receptor de la herencia presenta una minusvalía,  el tipo de bien que se herede va a cambiar la cantidad de la base liquidable. Se calcula restando a la base imponible las bonificaciones y reducciones que puedas aplicarte.  En Andalucía, por tanto, se ofrece una reducción de hasta un millón de euros para los que sean descendientes directos (hijos, nietos, etc.), ascendentes (padres y abuelos) y cónyuges. Para el resto de los familiares, es de 250.000 euros.

Finalmente, hay que aplicar las tarifas y los coeficientes multiplicadores a cada herencia en particular, que es lo que te va a resultar en el importe final. Esta tarifa, no obstante, varía dependiendo de cuál sea el valor de la base liquidable, y tiene tramos progresivos.

Los coeficientes multiplicadores van en función del grado de parentesco y del patrimonio que ya tuviese el receptor, por lo que a se podrá conocer cuánto tendrá que pagar la persona beneficiaria de una herencia por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía.

Bonificaciones y deducciones en Andalucía

Después de ser una de las comunidades autónomas con la cifra más alta que había que pagar por heredar, Andalucía, prácticamente, ha eliminado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones hasta bonificarlo al 99%. Uno de los motivos es que muchas personas se veían obligadas a renunciar a la herencia de un pariente cercano porque no podían hacer frente al pago de este tributo regional.

Por tanto, las deducciones generales a los que pueden acogerse los residentes en Andalucía andaluces están reguladas en el artículo 20 de la Ley del Impuesto, y cambian dependiendo de si la transmisión es a causa de una muerte o transmisiones entre personas vivas. Por tanto, en la comunidad andaluza están reguladas en los artículos 26 a 40 de la Ley 5/2021 de 20 de octubre.

Para las herencias de una persona que ha fallecido, el porcentaje que puedes reducir si es de una vivienda habitual del causante es del 99%.Para aplicar esta medida, la ley establece que hay que ser cónyuge, otro descendiente o ascendente directo del difunto, También parientes colaterales mayores de 65 años que hayan convivido con ella en los dos años anteriores.

Estos son los importes de reducción por grados de parentesco:

Grupo I: los menores de 21 años, hasta 1.000.000 de euros.

Grupo II: descendientes de más de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes también es de hasta 1.000.000 de euros.

Grupo III: familiares de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad. Son, por ejemplo, los hermanos, sobrinos y tíos.

En ocasiones, una persona decide repartir sus bienes en vida para evitar problemas futuros con la Administración. Por tanto, cuando los bienes de padres a hijos se transmiten a través de una donación los Grupos I y II también pueden bonificarse el 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones de Andalucía. Sin embargo, para poder aplicarlo, es imprescindible que se haga por escritura pública.

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