Así funciona la bonificación de edad por discapacidad de la Seguridad Social

La Seguridad Social cuenta con una bonificación de edad para las personas con discapacidad, que viene marcada por un coeficiente

La Seguridad Social cuenta con una bonificación de edad por discapacidad

Las personas con discapacidad cuentan con una posible bonificación por parte de la Seguridad Social, que se encarga de que estas personas cuenten con los recursos necesarios para no ser discriminadas. En este sentido, el sistema de pensiones de la Seguridad Social cuenta con una bonificación de edad por discapacidad para las personas que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Si atendemos a las bases de la Seguridad Social, las personas con un grado de discapacidad determinan la posibilidad de jubilarse de manera anticipada. Dicha jubilación va a depender del grado de discapacidad de la persona, que va a depender de si es igual o superior al 45%, o igual o superior al 65%.

Para tener en cuenta esta prestación debemos de saber cual es la edad de jubilación para cada persona en España, que en 2023 está fijada en 66 años y cuatro meses para las personas que han cotizado menos de 37 años y seis meses. Si supera estos años de cotización, la edad de jubilación se reduce hasta los 65 años.

BONIFICACIÓN DE EDAD POR DISCAPACIDAD DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Como hemos indicado anteriormente, la Seguridad Social cuenta con una bonificación de edad por discapacidad. En este sentido, los periodos efectivamente trabajados en los que el trabajador acredite una discapacidad igual o superior al 65%, se multiplican por el coeficiente reductor que corresponda.

Esta circunstancia se da tanto en el régimen general como en los regímenes especiales, como Trabajadores del Mar y Minería del Carbón.

La Seguridad Social habla sobre la jubilación anticipada para las personas con un 33% de discapacidad
La Seguridad Social cuenta con una bonificación de edad por discapacidad

La Seguridad Social informa que la bonificación de edad por discapacidad se realiza según el coeficiente reductor que corresponde, que son:

La Seguridad Social recoge que «el resultado en días se suma a la edad real del trabajador y se obtiene la edad ficticia que será la tenida en cuenta a efectos de la pensión de jubilación».

ACTUALIZACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones señala que los trabajadores que tengan una discapacidad igual o superior al 45% y hayan cotizado cinco años con la discapacidad reconocida pueden optar a la jubilación anticipada desde el pasado 1 de junio de 2023.

Todo ello después de que el Consejo de Ministros aprobará el pasado 16 de mayo un real decreto donde cambiaba el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45%.

En este caso, la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado será, excepcionalmente, la de 56 años. Si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.

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