Beneficios por tener una pensión de incapacidad permanente total

Las personas que perciben una incapacidad permanente también pueden llevar a cabo una actividad laboral

Trabajadora incapacidad permanente total

La pensión de incapacidad permanente es una prestación económica que trata de paliar la pérdida de ingresos sufrida por un trabajador a causa de una serie de accidentes o lesiones, que pueden ser de causa profesional o común.

En cualquier caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el organismo encargado de otorgar el derecho a percibir una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, aunque en última instancia la Justicia también tiene la potestad para otorgar el derecho a recibir una prestación de este tipo.

Uno de los grados de incapacidad es el conocido como incapacidad permanente total, que se caracteriza principalmente porque la persona beneficiaria puede percibir la pensión y a la vez compatibilizar dicha percepción con la realización de una actividad laboral diferente a la profesión habitual.

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Es decir, la incapacidad permanente total es compatible con un puesto de trabajo, siempre que la actividad laboral no entre en conflicto con la condición de incapacidad.

De forma automática, las personas a las que se le reconoce un grado de incapacidad permanente en grado total, pasan a tener acreditado un grado mínimo de discapacidad del 33%. Así lo establece la Ley de Dependencia en España.

Hay que recordar que en este año 2022 la cuantía de las pensiones contributivas de incapacidad han aumentado un 2,5% en función del nuevo mecanismo de revalorización de pensiones por el IPC del año anterior.

Beneficios de la percepción de incapacidad permanente total

Primeramente, es necesario tener claro que recibir una pensión de incapacidad permanente no es agradable para nadie, ya que esto supone que el trabajador se ve afectado para desarrollar una actividad laboral en función de una enfermedad o lesión.

Incapacidad permanente
Trabajador con Incapacidad

Teniendo en cuenta este aspecto, las personas que reciben una pensión de incapacidad permanente total tienen acceso a una serie de beneficios o ventajas:

Igualmente, las personas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente total pueden acceder a la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad.

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Tipos de incapacidad

El Instituto Nacional de la Seguridad Social específica que en España existen cuatro tipos de incapacidad. La principal diferencia que podemos destacar entre los diferentes formatos es la afectación que supone para el trabajador el desarrollo de una actividad laboral, tanto de su profesión habitual como otros empleos.

Incapacidad permanente total

A continuación vamos a desarrollar los cuatro tipos de incapacidad que existen:

Los expertos aseguran que en los casos de incapacidad permanente es susceptible de revisión cada cierto número de años por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). 

¿Cuándo se cobra la pensión por incapacidad permanente?

La Seguridad Social paga las pensiones por incapacidad permanente los 25 de cada mes. En este sentido, la mayoría de los bancos hace el ingreso el día 25. Desde que se inició la pandemia, algunos bancos adelantaron el pago hasta el día 15, esto llevó a que algunos bancos como es Caixabank, haya mantenido cierto adelanto en el pago de las pensiones, siendo el día 24 el día del pago de las pensiones por dicha entidad bancaria.

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente total?

Por norma general, la pensión por incapacidad permanente total consiste en un 55% de la base reguladora, aunque podrá varía dependiendo de la causa que haya conllevado al trabajador a esa situación.

Si la incapacidad permanente total se ha originado por enfermedad común, la cuantía mínima que recibirá el afectado será del 55% de la base reguladora. En algunos casos de accidente laboral, la prestacion aumentará entre un 305% y un 50% en el caso de que la lesión se haya producido por máquinas, artefactos o en instalaciones o centros de trabajo que no cumplan con la prevención de riesgos laborales.

En este último caso, será el empresario el que se haga cargo del recargo por no haber cumplido con las normas.

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