La campaña de la Declaración de la Renta continúa vigente. Hay que saber que existen personas que cuentan con una serie de beneficios fiscales. Por ejemplo, una persona con discapacidad o una persona mayor tiene beneficios fiscales que otras personas no tienen. Esto se debe a la reforma de IRPF que se aprobó en 2015, cuando se incluyó importantes beneficios fiscales para las personas mayores de 65 años.
En este artículo vamos a detallar cuales son los beneficios fiscales a los que puede acogerse una persona mayor de 65 años:
- Exención de ganancias patrimoniales
- Venta de la vivienda habitual
- Venta de otros bienes
- Plan de pensiones
- Mínimo del contribuyente
- Renta vitalicia
Beneficios fiscales para las personas mayores de 65 años
A continuación vamos a detallar en que consiste cada beneficio fiscal al que se puede acogerse una persona mayor de 65 años.
Exención de ganancias patrimoniales
Las personas que tengan 65 años o más pueden llegar a librarse de tributar los beneficios que genere la venta o donación de cualquier elemento patrimonial. En este sentido, la normativa incluye también los bienes afectos a actividades económicas. Por ejemplo, esta ventaja fiscal se extiende a los traspasos de negocios.
Debemos tener en cuenta que hay que diferenciar entre dos tipos de activos. Por un lado estará la venta de vivienda habitual; y por otro, la venta de otros bienes.
Venta de vivienda habitual
Por vivienda habitual se entiende el hogar o residencia en el que haya vivido una persona de forma continua durante, al menos, tres años. Aun así, la propia normativa señala que se puede reducir en casos excepcionales y justificados, como una separación matrimonial o un traslado por trabajo.
La ventaja aquí para las personas mayores de 65 años es que no tienen que tributar la plusvalía. En el caso de que la pareja sea menor de 65 años, la rebaja solo se aplica al 50% de las ganancias que se obtengan.
Venta de otros bienes
Este beneficio fiscal es mucho más complejo que el de la venta de vivienda habitual. En este caso, la venta de otros bienes (como pueden ser acciones, inmuebles…) cuenta con más requisitos. La persona, además de ser mayor de 65 años, debe:
- Constituir esta renta vitalicia en un plazo máximo de 6 meses desde que realices la venta.
- Evitar que el importe anual de las rentas disminuya en más de un 5% respecto al año anterior.
- Fijar una duración inferior o igual a un año para la renta vitalicia y empezar a cobrarla en un período de 12 meses.
- Formalizar el acuerdo en un contrato con la entidad aseguradora.
- Reinvertir los beneficios de la venta en una renta vitalicia asegurada, un producto de ahorro a largo plazo
Los expertos en la materia destacan que este beneficio se extiende a cualquier tipo de bien. Esta opción es perfecta para traspasar su empresa o jubilarse.
Mínimo del contribuyente
En la Declaración de la Renta, Hacienda da la opción a los contribuyentes no tributar por ciertas cantidades económicas que considera una renta mínimo vital.
Para la población en general, esa cifra es de 5.550 euros anuales. Sin embargo, dependiendo de la edad este «mínimo del contribuyente» cambia:
- 6.700 euros si tienes más de 65 años
- 8.100 euros si superas los 75 años.
Plan de pensiones
Muchas personas mayores suelen contar con un plan de pensión. Entonces, en caso de que la persona se haya jubilado o quiera intentar rescatar su plan de pensiones, tiene una nueva oportunidad en este beneficio fiscal.
Rentas Vitalicias
El último beneficio fiscal que vamos a mencionar es el de las rentas vitalicias. En este caso, los ingresos por renta vitalicia tributan como rendimientos de capital. La repartición del IRPF varía según la edad:
- 24% del IRPF en las personas de 60 y 65 años
- 20% del IRPF en las personas de 66 y 69años
- 8% del IRPF en las personas mayores de 70 años
Estos porcentajes se aplican según la edad de la persona en el momento de la constitución del producto. Por tanto, a quienes más les interesará contratar una renta vitalicia será a los que tengan más de 70 años, pues solo tendrán un 8%.
¿Cuánto se desgrava por ser mayor de 65 años?
En la Declaración de la Renta no solo existen deducciones por los hijos a cargo, sino también por las personas mayores. Las personas que tengan personas mayores de 65 años a cargo se podrán beneficiar de algunas ventajas fiscales. La desgravación mínima es de 1.150 euros por cada persona mayor de 65 años a cargo. Igualmente, se desgrava la misma cantidad cuando se está a cargo de una persona con una discapacidad mínima del 33%. En el caso de ser mayor de 75 años, la cifra se incrementa en 1.400 euros más.
Para poder obtener un beneficio de esta desgravación será necesario cumplir con dos requisitos previos:
- Que la persona mayor de 65 años viva con el contribuyente al menos durante la mitad del ejercicio.
- Que la persona a cargo no haya obtenido rentas superiores a 8.000 euros, además de no haber presentado la Declaración de la Renta por su cuenta con rentas superiores a 1.800 euros.
¿Qué es una renta vitalicia para los mayores de 65 años?
Una renta vitalicia es un seguro de ahorro que asegura el cobro de una renta periódica a lo largo de la vida. Esto quiere decir que convierte en rentas el capital que se aporte, que puede ser o bien periódica o bien única, dependiendo de cada caso concreto.
Esta es una de las fórmulas de ahorro para la jubilación que completa la pensión pública, especialmente si la pensión por jubilación no va a ser muy alta.
Cada vez son más habituales las rentas vitalicias entre personas que se acercan a la jubilación para poder sacar rentabilidad a su dinero.