Las personas menores de 35 años en España, cuentan con distintos beneficios fiscales durante este año 2023. La Agencia Tributaria les permite tener ventajas con respecto a los demás grupos sociales por ser jóvenes y cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos, Hacienda les otorga una reducción del IRPF por el alquiler o la adquisición de su vivienda habitual.
Y es que en la actualidad, la compra de una vivienda o el alquiler de un inmueble como residencia habitual es algo complicado para todos. Pero los jóvenes menores de 35 años cuentan con mayores dificultades a la hora de acceder a este tipo de inversiones. Por ello, Hacienda les ayuda con estos beneficios fiscales a los que pueden acceder si acreditan cumplir con algunas condiciones mínimas.
¿Quieres saber cómo puedes solicitar estas reducciones del IRPF en tu próxima declaración?. ¿Tienes menos de 35 años y quieres conseguir beneficios fiscales por tu edad?. En este artículo te vamos a contar cómo puedes acreditar que cumples con los requisitos, y cuáles son los medios que tienes actualmente para deducir el alquier o la compra de tu vivienda habitual este año.
BENEFICIOS FISCALES PARA MENORES DE 35 AÑOS POR COMPRA DE VIVIENDA
Como hemos dicho anteriormente, las personas menores de 35 años que hayan comprado una vivienda y que acrediten que se trata de su residencia habitual, pueden acogerse a beneficios fiscales si cumplen con unos requisitos mínimos.
Así lo establece Hacienda a través de la normativa actual: «La adquisición de la vivienda habitual por contribuyentes del IRPF que tengan una edad igual o inferior a 35 años, originará el derecho a aplicarse una deducción en la cuota íntegra autonómica por el 5 por 100 de las cantidades satisfechas durante el período impositivo para la primera adquisición de su vivienda habitual, con excepción de la parte de dichas cantidades que correspondan a intereses».
En cualquier caso, actualmente solo pueden acogerse a esta deducción del IRPF en la declaración quienes hayan adquirido la vivienda habitual, o realizado obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad, antes del 1 de enero de 2013. Entre los activos que pueden deducirse se incluye el capital amortizado, los intereses abonados y otros gastos derivados de la financiación.
DEDUCCIONES DEL IRPF POR ALQUILER DE VIVIENDA
Las personas menores de 35 años pueden acogerse a una deducción del IRPF por los gastos del alquiler de la vivienda a la hora de hacer la declaración de la Renta. Sin embargo, estos son beneficios fiscales cuyos requisitos dependende cada comunidad autónoma. Ya que a nivel nacional, solo podrán aplicarse la deducción aquellos contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a 1 de enero de 2015.
Por ejemplo, en Andalucía se establece una deducción del 15% del alquiler, hasta un máximo de 500 euros. La base liquidable general y del ahorro no podrá superar los 19.000 euros en tributación individual ni los 24.000 euros en conjunta.
Por su parte, desde la página web de la Comunidad de Madrid explican que : «Si tienes menos de 35 años puedes aplicarte en el Impuesto sobre la Renta una deducción del 30% de las cantidades destinadas al alquiler, hasta un máximo de 1.000 euros al año. Así, en un alquiler medio de 500 euros, podrías deducirte el importe de dos mensualidades».