La pensión de incapacidad permanente es una prestación a la que pueden acceder determinados trabajadores para paliar la falta de ingresos a causa de daño o enfermedad que le impiden desarrollar su actividad laboral al 100%.
En este sentido, la institución encargada de otorgar el derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente es el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Este organismo reconoce el derecho a recibir una prestación de este tipo en base a una serie de parámetros claves.
Generalmente, son cuatro los niveles de incapacidad permanente que puede reconocer la Seguridad Social, diferenciados de forma principal por la capacidad laboral que presenta el trabajador. Según el grado, la cuantía a percibir en la pensión también varía.
Además, hay que tener en cuenta que en caso de no estar de acuerdo con la resolución de la Seguridad Social, la parte solicitante puede llevar a cabo una reclamación previa ante este mismo organismo. Si bien, como última instancia también tiene la oportunidad de acudir a la vía judicial.
Grados de incapacidad permanente y cuantía
El sistema español contempla cuatro grados principalmente de incapacidad permanente, diferenciados por el grado de enfermedad o lesión, determinados requisitos o cuantía a percibir. Así, estos con los grados de incapacidad que puede reconocer la Seguridad Social:
- Incapacidad permanente parcial: Provoca al trabajador una disminución no inferior al 33% en su desempeño de la actividad laboral para dicha profesión. En concreto, la cuantía consiste una indemnización a tanto alzado que consiste en las 24 mensualidades de la base reguladora que se utilizó para calcular la incapacidad temporal.
- Incapacidad permanente total: Inhabilita al trabajador para desempeñar su profesión habitual, aunque puede llevar a cabo otras actividades laborales que no entren en conflicto con el grado de incapacidad reconocido. El importe de la pensión contempla el 55% de la base reguladora, aunque puede aumentar en un 20% a partir de los 55 años.
- Incapacidad permanente absoluta: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio. La cuantía de la pensión ers del 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: El trabajador incapacitado necesita la ayuda de una tercera persona para desarrollar las actividades cotidianas de la vida. La cuantía de la pensión se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje de la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.
Beneficios por percibir una incapacidad permanente
Una persona beneficiaria de una pensión de incapacidad permanente tiene diferentes ventajas o beneficios establecidas por el sistema, más allá de percibir una cuantía económica por la pensión. A continuación exponemos algunos de los beneficios en caso de incapacidad permanente total.

Principalmente, uno de los grandes beneficios de percibir una incapacidad permanente total es que es compatible con el desarrollo de una actividad laboral, por lo que permite un ingreso económico gracias a dicha profesión.
Además, también encontramos las siguientes ventajas:
- Descuentos para viajar en el transporte público.
- Posibilidad de recibir ayudas familiares si la persona que recibe la incapacidad es la responsable económica del núcleo familiar.
- Existen ayudas para la adquisición o alquiler de viviendas, así como para la realización de obras de adaptación de la propia vivienda.
- Ayudas para la compra de vehículos.
- Mayor facilidad para acceder a la beca de estudios.
- Reducción del precio de adquisición de medicamentos.
- Disfruta de reducciones del IRPF.
- Posibilidad de obtener una tarjeta de aparcamiento para plazas reservadas para personas con discapacidad.
Además, las personas con incapacidad permanente total tienen a su disposición diferentes proyectos y ayudas para la inserción al empleo y seguir vinculado al mundo laboral.