Ahorrar dinero es una de las principales premisas para la gran mayoría de las familias españolas. Por ello, el Estado, a través de la Agencia Tributaria, establece una serie de mecanismos económicos para fomentar el beneficio fiscal en aquellas personas o entidades que hayan aplicado una exención, bonificación, reducción o deducción fiscal.
Gracias a esta serie de ventajas tributarias, el contribuyente puede ver menguada la cantidad de dinero que debe abonar a la Agencia Tributaria. Por lo tanto, esto permite ahorrar en el pago de impuestos de manera legal, ya que estas ventajas y beneficios fiscales vienen recogidos en el BOE.
Estos incentivos tratan de que el gasto se dirija a una serie de acciones y fines concretos. Una discriminación positiva que permite ser aplicada en personas físicas, como jurídicas, con la intención de compensar según qué situaciones o condición. Por ejemplo, los beneficios fiscales permiten rebajar la carga fiscal para familias numerosas, o aquellos contribuyentes que tienen personas dependientes a su cargo.
De hecho, existen más ejemplos de beneficios fiscales como pueden ser:
- Aportaciones a los planes de pensiones.
- Realizar donaciones a ONGs.
- Gastos en I+D+I para empresas.
- Reinversiones del beneficio obtenido en empresas.
- Gasto destinado al pago de hipotecas para vivienda habitual.
Tipos de beneficios fiscales en España
Los contribuyentes, ya sean personas físicas o jurídicas, pueden beneficiarse de esta serie de ventajas fiscales, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para poder aplicarlas.
En España contamos con varias formas de obtener beneficios fiscales a la hora de hacer la declaración de la renta. Entre estas ventajas destacan:
- Mayor cantidad de devolución a la hora de reducir la base imponible sobre la que se aplica el impuesto en cuestión.
- Aplicar deducciones, que hacen que la cuota a abonar se reduzca.
- Aplicar tipos o gravámenes de impuestos reducidos en comparación con el impuesto general. Por ejemplo sería la aplicación del IVA reducido (del 10%) o superreducido (del 4%).
- Las bonificaciones en las cuotas disminuyen el tipo impositivo aplicable.
Todos estos beneficios fiscales pueden ser aplicados por el Estado, pero otras están supeditadas a cada Comunidad Autónoma, por lo que los requisitos o los ahorros pueden cambiar según la comunidad en la que nos encontremos.
En este sentido, existen beneficios fiscales para familias numerosas, a la hora de alquilar o comprar una vivienda, para personas con incapacidad permanente, y para todos aquellos que cuenten con un plan de pensiones, entre otros colectivos.
Beneficios fiscales por tener un 33% de discapacidad
Además, las personas con un 33% de discapacidad también cuentan con una serie de bonificaciones. La ley del sistema español contempla una serie de beneficios fiscales para las personas que cuenten con la acreditación de una discapacidad del 33% o superior. Del mismo modo, estas personas también pueden beneficiarse de ciertas deducciones en diversos ámbitos:
- Deducciones en la Declaración de la Renta (IRPF): Uno de los grandes beneficios fiscales se encuentra a la hora de realizar la declaración de la renta, y es que la Ley del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas tiene muy en cuenta a las personas con discapacidad y sus familias.
- Bonificaciones en el impuesto de Sucesiones y Donaciones: En este caso, las personas acreditadas con un grado de discapacidad o superior al 33%, tendrán la posibilidad de acogerse a una reducción de 55.000 euros en esta materia. Si bien, en caso de tratarse de un grado superior al 65%, la reducción podría llegar a los 153.000 euros.
- Bonificaciones en impuestos: Las personas con discapacidad de grado 33% o superior tienen una serie de beneficios ante el pago de determinados impuestos. Por ejemplo, la compra de una vivienda, el ibi (para familias con dos hijos y que uno de sus miembros tenga la discapacidad reconocida) y otros impuestos que haya estipulado la localidad o comunidad autónoma (preguntar).
- Reducción impuesto de vehículos: Las personas que cuentan con un vehículo para uso exclusivo y acreditan discapacidad, están exentas del impuesto de matriculación de vehículos.