El Gobierno ha lanzado un nuevo beneficio fiscal que que te va permitir ahorrarte hasta 2.550 euros. La Agencia Tributaria ha destacado que esta ventaja está dirigida a las familias de las persona mayores. Ya que si residen con personas que tengan más de 65 años podrán optar a este beneficio fiscal que cuenta con dos cuantías diferentes, 1.550 y 2.550 euros, que vamos a explicar a lo largo de este artículo.
Esta ayuda se aplica como un beneficio fiscal sobre la declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En este sentido, hablamos de una especia de «descuento» dirigido a ayuda a las familias en las que conviven con personas mayores.
El nuevo beneficio fiscal de hasta 2.550 euros
El nuevo beneficio fiscal que ha lanzado la Agencia Tributaria ha llamado la atención de las personas mayores y sus familias, ya que pueden degrabarse hasta 2.550 euros. De hecho tiene dos cuantías diferentes. Por un lado, 1.150 euros si la persona mayor que convive en el domicilio es mayor de 65 años, y 2.550 euros si la persona mayor que convive en el domicilio es mayor de 75 años.
Pero esta ayuda no será solo para personas mayores, ya que, como recoge la Agencia Tributaria en su web, existe un criterio para acogerse al beneficio fiscal para las personas que tengan discapacidad, ya que teniendo al menos un grado del 33% dentro del mismo núcleo familiar, sin importar la edad en este caso, podrá acogerse a este mismo beneficio. En el caso del colectivo de la discapacidad, las personas entre un 33% y un 64% de discapacidad tiene una deducción mínima de 3.000 euros anuales. Para los que tengan una discapacidad superior al 65%, esta ayuda puede llegar hasta los 9.000 euros.
La Agencia Tributaria especifica que en una declaración conjunta de unidades familiares, no da derecho a la aplicación del mínimo del contribuyente el otro cónyuge, pero sí resulta computable el incremento del mínimo del contribuyente, si su edad es superior a 65 años o a 75 años. En el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo del contribuyente se aplicará en su integridad.
Requisitos para acceder al beneficio fiscal de 2.550 euros
Desde la Agencia Tributaria han señalado cuales son los requisitos para acceder a este beneficio fiscal
A continuación vamos a señalar cuales son los requisitos que se deben de cumplir para acceder al beneficio fiscal que ha añadido la Agencia Tributaria para las personas mayores:
- Edad: La Agencia Tributaria señala que el ascendiente debe tener más de 65 años (o más de 75 años para sumar 1.400 euros extra, haciendo un total de 2.550 euros). Sin embargo, si el ascendiente tiene una discapacidad, la deducción se aplica sin importar su edad.
- Convivencia: La Ley del IRPF requiere que el ascendiente viva con el contribuyente al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia. Si la convivencia es inferior a seis meses, no es posible repartir la deducción entre varios descendientes, una situación que es común en la práctica.
- Límite de ingresos: Las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8.000 euros, sin contar los ingresos exentos de tributación.
- No hacer la declaración de la renta: El ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Por lo tanto, si cumples con estos requisitos de la Agencia Tributaria, podrás acceder a este beneficio fiscal.