La Declaración de la Renta es un trámite anual que deben realizar todos los ciudadanos que tengan ingresos superiores a 22.000€ anuales en el período de la campaña. Además, existen algunas situaciones en las que podemos hacer que esta salga a nuestra favor.
Por ejemplo, las personas con un grado de discapacidad acreditado mediante un certificado y expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano competente de cada comunidad autónoma.
O también las mujeres embarazadas que tengan hijos menores de 3 años podrán ser beneficiarias de hasta 1.200€ anuales. Además, también se le pueden sumar los gastos educativos y otras necesidades básicas.
Todo esto hace que sea muy importante que conozcamos todas las situaciones en las que podemos deducir algunos gastos a Hacienda. Como también ocurre con las personas que están viviendo en un domicilio en régimen de alquiler.
Y es que la Agencia Tributaria da derecho a que las personas que vivan en alquiler puedan deducir los gastos anuales de esa vivienda en la Declaración de la Renta. Algo que la mayoría de los ciudadanos pasa por alto pero que puede ser un dato determinante para que el resultado salga a nuestro favor.
¿Quiénes pueden deducir el alquiler en la Declaración de la Renta?
Para poder incluir este dato en tu declaración, debes cumplir algunos requisitos que determina la Agencia Tributaria y que van a hacer que la pensión de tu alquiler sea una de las deducciones claves en tu Declaración de la Renta.
Así, hay 3 requisitos principales que debemos tener para poder incluirlo en nuestro documento:
- Que puedas o no incluir el alquiler va a depender de la legislación estatal, que es la misma para todo el país (a excepción del País Vasco y Navarra que tienen la suya propia). Pero también de la legislación autonómica, ya que cada comunidad cuenta con unas condiciones específicas concretas.
- El nombre del inquilino de la vivienda alquilada debe aparecer en el contrato. Es decir, las parejas que vivan en la misma casa pero solo hayan puesto uno de los nombres en el contrato, solo tendrá derecho uno de los dos. Es decir, la persona que figure en él.
- La desgravación máxima por alquiler es del 10% sobre una base máxima de 9.040 euros.
Esta última condición supone una modificación del porcentaje dependiendo de la base imponible de los inquilinos. Si una persona tiene su base imponible inferior a 17.707,2 euros, podrá ser beneficiaria del 10%. Pero a medida que esta va aumentando, el porcentaje va disminuyendo.
¿Cuáles son las deducciones autonómicas según cada comunidad?
En el caso de Andalucía, si tienes menos de 35 años podrás ser beneficiario de un 15% del alquiler hasta un máximo de 500 euros.
Por otro lado, en Cataluña los menores de 33 años, viudos mayores de 65 años, personas con discapacidad o quienes han estado en paro más de 183 días tienen derecho a una deducción del 10% del alquiler, con un máximo de 300 euros al año.
O el caso de la Comunidad de Madrid, donde los menores de 35 años o menores de 40 que hayan estado 183 días en paro y tengan cargas familiares pueden deducirse un 30% del alquiler, con un máximo de 1.000 euros.
Así que para no caer en errores que puedan costarte muy caro, lo mejor es que conozcas todas las deducciones que puedes presentar en tu Declaración de la Renta. Ya que esto puede cambiar dependiendo de muchos factores que no son comunes a todos los contribuyentes.