BBVA explica cómo constituir el patrimonio protegido de una persona con discapacidad

El patrimonio protegido de personas con discapacidad permite satisfacer sus necesidades vitales en momentos puntuales

Patrimonio protegido de persona con discapacidad./ Foto de Canva

La Ley 41/2003, de 18 de noviembre, regula los mecanismos necesarios para proteger el patrimonio de las personas con discapacidad. Se trata de una legislación que permite satisfacer las necesidades vitales de las personas con discapacidad y marcar unas pautas claves para la protección de su patrimonio. Con todo ello, los profesionales de BBVA explican los pasos a seguir para constituir un patrimonio protegido.

En cualquier caso, el patrimonio protegido está destinado únicamente para las personas que presenten un determinado grado discapacidad. En concreto, aquellas personas con una discapacidad psíquica igual o superior al 33% y personas con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.

Si se cumplen los requisitos de grados de discapacidad, será posible poner en marcha la constitución del patrimonio protegido para la persona en cuestión con discapacidad. Si bien, el principal beneficio de este procedimiento es la reducción de la carga fiscal, siendo especialmente ventajoso para personas con un nivel de rentas que suponen una mayor presión fiscal.

Personas que pueden acceder, según BBVA

La normativa permite a las personas con discapacidad constituir un patrimonio protegido, con el objetivo de satisfacer y garantizar sus necesidades vitales. Según informan los expertos de BBVA, puede tener derecho a la reducción fiscal las siguientes personas:

  1. Cónyuge de la persona con discapacidad.
  2. Personas con una relación de parentesco directo o colateral hasta el tercer grado, inclusive con la persona con discapacidad.
  3. Personas que lo tuvieran a su cargo en régimen de tutela o acogimiento.

Respecto al nivel de aportaciones, desde la Agencia Tributaria indican que «las aportaciones realizadas, que podrán ser dinerarias o no dinerarias, darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 € anuales. El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que efectúen aportaciones a favor de un mismo patrimonio protegido no podrá exceder de 24.250 € anuales. En su caso, cuando concurran varias aportaciones al mismo patrimonio protegido y se supere el límite de 24.250 euros, la reducción debe hacerse de forma proporcional al importe de dichas aportaciones».

Patrimonio Protegido para personas con discapacidad

Para constituir un patrimonio protegido de persona con discapacidad es necesario seguir una serie de pasos indispensables, tal y como informan los expertos de BBVA. En primer lugar, se debe otorgar escritura pública ante notario.

Patrimonio protegido de persona con discapacidad./ Foto de Canva
Patrimonio protegido de persona con discapacidad./ Foto de Canva

En relación a la escritura pública ante notario, se requiere la apertura de una cuenta bancaria, cuyo titular sea la persona con discapacidad y cuente también con las personas autorizadas que tengan la tutela o patria potestad. Inicialmente, dicha cuenta bancaria contará con un saldo 0, y a partir de ahí se podrán empezar a añadir aportaciones.

La ley deja claro que cualquier aportación debe constar en escritura pública. Además, es fundamental informar a la entidad bancaria que se trata de una cuenta de patrimonio protegido para personas con discapacidad.

Así, el objetivo de esta herramienta es garantizar un fondo económico para personas con discapacidad. Por ello, desde BBVA explican que «el dinero de esa cuenta no puede tocarse, salvo para destinarlo a ‘necesidades vitales’ de la persona con discapacidad. Esto incluye gastos médicos o educativos, y estos deben ser perfectamente acreditados mediante factura y probados en la trazabilidad de la transferencia».

Por otra parte, es necesario informar a la Agencia Tributaria sobre las aportaciones que se realizan al patrimonio protegido, así como cumplimentar el modelo 182 cada año durante el mes de enero. Así lo establece la normativa al respecto.

Finalmente, los expertos de BBVA recomiendan conservar todas las facturas de gastos que salgan de la cuenta de patrimonio protegido, ya que se trata de un dinero que se debe destinar exclusivamente a satisfacer las necesidades vitales de la persona con discapacidad. Hay que ser conscientes de que la Fiscalía puede solicitar en cualquier momento una justificación de gastos en dicha cuenta.

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