Cuando hablamos de dependencia, debemos de tener en cuenta que existen diferentes grados, como ya hemos visto en otras ocasiones, que son regulados por la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Pero existen otras maneras de medir la dependencia, en este caso vamos a hablar del método que utilizan desde los Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria.
Dicha ley configura un nuevo derecho de ciudadanía. Un derecho para las personas que necesitan ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria. El Derecho de las personas en situación de Dependencia a recibir unos servicios, unas prestaciones, que les permitan afrontar con dignidad su situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal para desarrollar plenamente su condición de ciudadanía en el seno de la sociedad.
La Ley de la Dependencia
Desde los Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria señalan que la Ley de Dependencia «es la situación, de carácter permanente, en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal».
Las tareas básicas que permiten a las personas desenvolverse con independencia en aspectos como:
- Cuidado personal (comer y beber, lavarse, controlar las necesidades de micción y defecación¦)
- Movilidad esencial (levantarse, acostarse¦)
- Reconocer personas y objetos
- Orientarse, entender y ejecutar órdenes y tareas sencillas.
¿Cómo medir la dependencia?
Para medir la dependencia se pueden varias herramientas, como:
- El grado de dependencia se determinan mediante la aplicación de un baremo único para todo el Estado.
- El baremo valora la capacidad de la persona para llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental.
- La valoración se realiza teniendo en cuenta los informes sobre la salud y entorno en el que viva la persona solicitante, así como las ayudas técnicas, órtesis y prótesis prescritas y necesarias para la misma.
A la hora de realizar la valoración la situación de dependencia, debemos de tener en cuenta que el baremo valora la capacidad de realizar diferentes tareas sin el apoyo de otra persona y, en su caso, el grado de apoyos que precise, en un conjunto de actividades de autocuidado, movilidad y tareas domésticas:
- Comer y beber.
- Higiene personal relacionada con la micción y defecación
- Lavarse.
- Realizar otros cuidados corporales.
- Vestirse.
- Mantenimiento de la salud
- Cambiar y mantener la posición del cuerpo
- Desplazarse dentro del hogar.
- Desplazarse fuera del hogar.
- Realizar tareas domésticas
- Tomar decisiones.
Si se encarga de la valoración el Gobierno de Cantabria, cada persona valorada recibe una evaluación de hasta 100 puntos que le definirá como persona en situación de dependencia en los siguientes grados:
Grado III. Gran Dependencia | 75 – 100 puntos |
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Grado II. Dependencia Severa | 50 – 74 puntos |
Grado I. Dependencia Moderada | 25 – 49 puntos |
Sin grado reconocido | 0 – 24 puntos |
Para más información puedes visitar el apartado que los Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria dedican a la dependencia.