Algunos ciudadanos quedan en situación de paro en los años previos a acceder a la jubilación. Este es un aspecto que puede afectar directamente a la cuantía de pensión contributiva que le corresponda al acceder a la futura pensión de jubilación. Así, existen algunas ayudas al desempleo de la Seguridad Social que permiten seguir cotizando para la jubilación.
Por un lado, está la prestación contributiva por desempleo. Se trata de una prestación que «protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %».
Esta prestación contributiva por desempleo es una ayuda económica que incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Por tanto, la prestación contributiva por desempleo es una ayuda que permite seguir cotizando a la jubilación.
Uno de los aspectos importantes de la prestación contributiva es que la duración de la percepción es limitada. En concreto, depende «de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior», tal y como explican desde el SEPE.
Jubilación y subsidio para mayores de 52 años
Otra ayuda que se puede cobrar antes de acceder a la jubilación y con beneficios para la pensión, es el subsidio para mayores de 52 años. Se trata de la única ayuda no contributiva que permite seguir cotizando a la jubilación durante la percepción de la misma.
El subsidio para mayores de 52 años está dirigido a las personas con 52 años o más que se encuentran en situación de desempleo y han agotado el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo. Para tener derecho a cobrar este subsidio, se exige que el ciudadano cumpla con todos los requisitos necesarios para acceder a la pensión de jubilación, a excepción de la edad.
Es decir, el SEPE exige que la persona solicitante haya cotizado durante al menos 15 años a la Seguridad Social. Además, la cotización al desempleo debe haber sido de al menos 6 años a lo largo de su vida laboral.
Así, el subsidio para mayores de 52 años es ampliamente interesante, debido a que los ciudadanos lo pueden percibir hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación que corresponda. Para ello, el beneficiario debe seguir cumpliendo todos los requisitos y presentar cada año la Declaración Anual de Rentas al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Respecto a los beneficios para la pensión de jubilación, desde el SEPE informan que «la entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la jubilación. La base de cotización por jubilación será el 125 % del tope mínimo de cotización vigente en cada momento».