La prestación por desempleo a Nivel Asistencial forma parte del compendio de ayudas a parados a los que una persona en situación de paro puede acceder en 2021; siempre que cumpla con unos requisitos mínimos exigidos por el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración.
Este subsidio se define como una protección a nivel asistencial para la persona en paro, que consta de una prestación económica y el abono a la Seguridad Social de la cotización correspondiente a las prestaciones de asistencia sanitaria, protección a la familia, y en su caso, jubilación.
Así, para acceder a estas ayudas para parados en forma de subsidio, las personas interesadas en su solicitud deben comprar una serie de requisitos previos marcados por el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración. Éstos son algunos de los más destacados.
- La persona beneficiaria debe estar inscrita como demandante de empleo durante más de un mes.
- No debe haber rechazado una oferta de empleo adecuada. Ni haberse negado a participar en cursos de formación o reconversión profesional; salvo en casos justificados.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
En definitiva, estas ayudas para parados está dirigida a las personas en situación de desempleo inscritos como demandante de empleo durante un mes, sin haber rechazado ofertas de empleo y que carezcan de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Qué personas pueden acceder a estas ayudas para parados?
Por otra parte, el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración recoge el perfil de las personas que pueden ser beneficiarias de la prestación por desempleo a Nivel Asistencial, la cual se subdivide en diferentes tipos:
- Personas que han extinguido el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares de algún tipo.
- Trabajadores emigrantes retornados.
- Trabajadores mayores de 45 años que han finalizado la prestación por desempleo y no tienen responsabilidades familiares.
- Personas liberadas de prisión y remisión de condena por desintoxicación.
- Trabajadores mayores de 55 años.
- Empleados que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.
- Trabajadores que sean declarados plenamente capaces o inválidos parciales como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual.
Cuantía y tramitación de la prestación por desempleo a nivel asistencial
Cómo hemos visto, según la persona beneficiaria de la prestación por desempleo a nivel asistencial encontramos diferentes subsidios a los que las personas pueden acceder en función de sus características. Es decir, un compendio de ayudas a parados habilitado por el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración.
Así, la cuantía de esta prestación por desempleo se corresponde con el 80% del IPREM (Indicados Público de Rentas de Efectos Múltiples. En el año 2021 esta cantidad es de 564,90 euros; es decir, 12 pagas mensuales suponen 6.778,80 € al año.
Sin embargo, en caso de tratarse de desempleo por una pérdida de empleo a tiempo parcial. dicha cuantía se recibirá en proporción a las horas previamente trabajadas cuando se encuentren en la situación de agotar la contributiva, con o sin cargas familiares, o en la situación de estar en situación legal de desempleo, que se recoge en el apartado anterior. Cuando por estas causas se perciba el subsidio para mayores de 52 años, se percibirá sin parcialidad.
Por otra parte, el plazo para presentar la solicitud para acceder a esta prestación por desempleo a nivel asistencial nace al día siguiente de cumplir el mes de espera. Si se solicita fuera de plazo, tanto el derecho como la correspondiente prestación nacen a partir de la solicitud.
Las personas interesadas en solicitar esta prestación pueden hacerlo a través del Centro del Instituto Social de la Marina que corresponda por su domicilio. O si lo prefieren, también puede realizar el trámite a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE)