España es uno de los países con más tasa de desempleo de Europa. Concretamente, los datos hablan de que más de 1,5 millones de personas están actualmente en paro y además, reciben algún tipo de subsidio económico. Por este motivo, es importante la existencia de ayudas como las gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), pues gracias a ellas, son de vital importancia para personas que no tienen otro tipo de empleo porque se han quedado sin trabajo, han agotado el paro, o no cumplen los requisitos suficientes para acceder a él.
El objetivo de las administraciones públicas es brindar a las personas en riesgo de pobreza y exclusión social, la oportunidad de acceder a una renta mínima cada mes. No obstante, es importante tener en cuenta que la mayor parte de los subsidios por desempleo tienen una duración establecida, que no suele superar los 720 días, todo ello, dependiendo del tiempo que haya cotizado el beneficiario a la Seguridad social.
Y es que este es uno de los requisitos fundamentales para acceder a una de estas ayudas. Concretamente, una persona necesita haber cotizado un mínimo de 360 días en los seis años inmediatamente anteriores a la solicitud del subsidio para cobrar el conocido como paro. En base a estos años cotizados y la base reguladores del ex trabajador, la administración establece el tiempo de subsidio que le corresponde a la persona. No obstante, esta duración suele ser de dos años.
Pero, ¿Qué pasa una vez se agota el paro y no se ha encontrado trabajo? Si un beneficiario de este subsidio lo agota sin haber encontrado de nuevo empleo, existen otra serie de subsidios por desempleo a los que puede acceder. En este caso, la asignación es de 480 euros, es decir, el equivalente al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), una cantidad que de salir adelante la reforma del paro del Gobierno, podría aumentar en los próximos meses.
Ayudas por desempleo para personas de entre 30 y 50 años
Una persona que se encuentre en situación por desempleo, haya agotado el paro y tenga entre 30 y 50 años, tiene a su disposición otra serie de ayudas a las que puede acceder hasta que consiga entrar de nuevo en el mercado laboral. Una de estas ayudas es el subsidio extraordinario por desempleo. Este subsidio está indica para los parados de larga duración. Se caracteriza por tener un importe de 480 euros, una duración máxima es de 180 días y poderse cobrar solo una vez.
Otra opción es la Renta Activa de Inserción (RAI). En este caso, está dirigida además de a desempleados de larga duración, a personas con serias dificultades económicas y que cumplan una serie de requisitos como ser parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género y/o personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. De este modo, la administración pretende aumentar las opciones de estas personas para volver al mercado laboral. La asignación establecida es también de 480 euros, pero en este caso, tiene una duración máxima de 11 meses.
Subsidios por agotamiento
Existe también para las personas en situación por desempleo, el subsidio por agotamiento de cargas familiares. Esta ayuda está dirigida a personas mayores de 45 años, que han agotado el paro y que tienen responsabilidades familiares a su cargo. Otro de los requisitos es no tener rentas por encima de los 810 euros al mes y estar inscritos como demandantes de empleo. El importe de esta ayuda es de 480 euros.
Por el contrario, también existe un subsidio por agotamiento sin cargas familiares. En este caso, también es para personas en situación de desempleo, mayores de 45 años, pero sin cargas familiares. Los requisitos son similares al subsidio anteriormente descrito pero además, para solicitarlo deben dejar un mes desde el vencimiento del paro.