MUFACE, el organismo de Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, ha aprobado una serie de ayudas para aquellas personas que sean mutualistas y padezcan algún tipo de incapacidad. Estas colaboraciones, de carácter sociosanitario, tienen como finalidad contribuir a sufragar el coste de los servicios, actividades o medios técnicos que precisen las personas con discapacidad y/o dependencia, en los términos establecidos para cada convocatoria.
De esta forma, tal y como ha indicado el organismo MUFACE, las personas demandantes deberán presentar una serie de documentación necesaria, al igual que cumplir una serie de requisitos para acceder a estas ayudas. No obstante, las personas que den el perfil serán aquellas beneficiarias de MUFACE cuyo grado de discapacidad alcance al menos un 33% o hayan sido valoradas en cualquiera de los grados de dependencia, con o sin nivel, de acuerdo con la normativa sobre dependencia.
Ayudas de protección sociosanitaria de MUFACE
- Ayudas para facilitar la autonomía personal
Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar el coste de los servicios, actividades o medios técnicos que precisen las personas con discapacidad y/o dependencia, en los términos establecidos para cada convocatoria.
La cuantía de esta ayuda, además, consta de tres modalidades:
- Ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual: la cuantía mensual, en función de la capacidad económica de cada persona beneficiaria se sitúa entre 348,00 euros/mes la máxima y 150,00 euros/mes la mínima.
- Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas, la cuantía anual será de 1.986,00 euros la máxima y de 331,00 euros la mínima.
- Ayuda para medios técnicos, la cuantía anual será de 662,00 euros la máxima y de 166,00 euros la mínima.
- Ayudas para la atención a personas con enfermedad psiquiátrica crónica
Se trata de una ayuda económica destinada tanto a mutualistas como a sus beneficiarios y beneficiarias que padezcan un proceso psiquiátrico crónico que haga necesaria su permanencia en ambiente controlado en hospitales, centros o unidades psiquiátricas reconocidas, siempre que no tengan derecho a asistencia sanitaria para esta contingencia, ni cubierta la prestación por otras vías.
La cuantía se establece en un máximo de 87,00 euros por día de internamiento, con el límite del coste abonado por la persona interesada.
- Ayudas para la atención a la drogodependencia y otras adiciones
Son ayudas para tratamientos a personas en situación de drogodependencia así como de adicción a los juegos de apuesta (presencial y online), videojuegos y otras adicciones a través de las nuevas tecnologías que se realicen en un centro especializado o mediante un/a terapeuta individual especializado/a.
Quedan exceptuados de las ayudas el tratamiento del tabaquismo y aquellos períodos en los que únicamente se lleven a cabo procesos de desintoxicación o de tratamiento con agonistas, así como aquellos otros que, a juicio de MUFACE, no correspondan a los fines de estas ayudas.
La cuantía máxima de esta ayuda asciende hasta los 250,00 euros/mes.
- Ayudas para estancias temporales en residencias asistidas o en centros de día y de noche
Ayudas para estancias temporales en residencias asistidas y centros de día y de noche dirigidas a contribuir a la financiación de los gastos originados por dichas estancias.
Por su parte, la cuantía mensual máxima, en función de la capacidad económica se sitúa entre 908,00 y 650,00 euros/mes, con un límite de tres meses en el año 2024. Las ayudas se configuran como reintegro de gastos y se concederán en función de la duración debidamente acreditada de la estancia en los centros específicos.
La cuantía tendrá como límite el gasto realizado, si el mismo ha sido inferior.
- Ayudas para personas con enfermedad celiaca
Ayudas para la compra de los productos alimenticios elaborados, tratados o preparados especialmente para responder a las necesidades nutricionales particulares de personas con enfermedad celíaca.
Cuantía anual de 400,00 euros. Del mismo modo, la cuantía podrá ser prorrateada en los supuestos a que se refiere el epígrafe 7.2 de la resolución de convocatoria para 2024.
- Ayudas para personas con enfermedad oncológica
Pueden solicitar estas ayudas personas mutualistas o, en su caso, beneficiarias, que padezcan una enfermedad oncológica y deban responder a los gastos ocasionados por la necesidad de adquisiciones y adaptaciones especiales para ellas.
Las ayudas se configuran como una cuantía anual que estará en función de una cantidad máxima de 200,00 euros, para prótesis capilar, gorro, pañuelo o turbante oncológico y de 75,00 euros por cada sujetador postmastectomía, postumorectomía u otros de análoga naturaleza (hasta dos al año).
- Ayudas de prolongación de efectos de ayudas anteriores
Este programa tiene como finalidad permitir el mantenimiento de las ayudas económicas concedidas en las resoluciones de convocatorias anteriores a personas beneficiarias de las mismas y para quienes, habiendo solicitado el reconocimiento de su situación de dependencia, con determinación de su grado y nivel, en su caso, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre y normativa de desarrollo, aún no sea efectivo su derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) por causa no imputable a las personas interesadas.
No obstante, podrán ser beneficiarios y beneficiarias de esta prolongación de efectos quienes hayan sido declarados o declaradas no dependientes mediante resolución del órgano competente del SAAD, siempre que mantenga su validez la calificación de discapacidad que sirviera de base para la concesión de la ayuda en ejercicios anteriores.
La correspondiente a la ayuda a extinguir que se viniera percibiendo, sin actualización.