Los trabajadores autónomos en España tienen una forma particular de cotizar a la Seguridad Social. De esta forma, deben pagar una cuota mensual concreta en función de sus ingresos reales de cada año. Si bien, existen determinadas situaciones por las que estas cuotas están bonificadas por la Administración.
Hay que recordar que en este año 2023 ha entrado en vigor el nuevo sistema de cotización de autónomos. Así, la cuota mensual a pagar depende directamente de los rendimientos netos de cada trabajador. El nuevo sistema contempla 15 tramos diferentes de cuotas de cotización en función de los ingresos.
Por otra parte, también se ha aprobado una nueva tarifa plana. En este sentido, los nuevos trabajadores autónomos solo tendrán que pagar una cuota de 80 euros al mes durante el primer año de actividad. Además, se puede prorrogar un segundo año en caso de que los ingresos durante el año sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional durante el primer año.
Bonificación de cuotas de la Seguridad Social
La Seguridad Social permite a los trabajadores autónomos una bonificación de cuotas durante el descanso correspondiente por nacimiento, adopción, guarda con fines de acogimiento, y riesgo durante el embarazo o lactancia natural.

Es decir, en el periodo posterior a tener un hijo, los autónomos pueden acceder a diferentes bonificaciones de la Seguridad Social con respecto al pago de las cuotas de cotización.
Desde la Seguridad Social informan que «para los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia, la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor consistirá en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora cuya cuantía diaria será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas a este régimen especial durante los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante entre ciento ochenta».
El organismo encargado de la bonificación de las cuotas para autónomos por nacimiento de un hijo es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Así lo recoge la normativa al respecto.
¿Cuándo finaliza la bonificación?
La bonificación de las cuotas de trabajadores autónomos por parte de la Seguridad Social se extinguen cuando finalizan los plazos máximos de duración de los periodos de descanso.
🗨️¿Eres #autónomo/a y vas a tener un bebé?
👉Tienes derecho a una bonificación de cuotas de #SeguridadSocial durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, y riesgos durante embarazo o lactancia natural.
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— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) June 7, 2023
También puede extinguirse por la vuelta voluntaria del trabajador autónomo a la actividad laboral, antes de cumplir el tiempo máximo que le corresponde por nacimiento o adopción del menor. Igualmente, esta bonificación de cuotas puede llegar a su fin por fallecimiento del trabajador o por acceder a la jubilación.
Respecto a esta prestación, los expertos de la Seguridad Social recuerdan a los ciudadanos que «serán beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta ajena o propia, cualquiera que sea su sexo, siempre que, se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, disfruten de los periodos de descanso/permiso por nacimiento y cuidado de menor y acrediten los períodos mínimos de cotización exigibles en cada caso».