Los pensionistas de incapacidad permanente pueden cobrar una ayuda complementaria a su pensión contributiva. Para ello, es necesario que cumplan con los requisitos exigidos por parte de la Seguridad Social.
Hay que tener en cuenta que la pensión de incapacidad permanente tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad que reduce o anula su capacidad laboral.
Las pensiones de incapacidad permanente pueden derivar de accidente de trabajo, accidente no laboral, enfermedad profesional o enfermedad común. Así, la cuantía de una incapacidad permanente depende, en gran medida, del grado de invalidez reconocido.
Complemento a cobrar con la pensión de incapacidad permanente
Con todo ello, las personas perceptoras de una pensión de incapacidad permanente pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este complemento también se puede percibir en el caso de las pensiones de jubilación y pensiones de viudedad.
En concreto, este complemento económico está destinado a todos los pensionistas de España que acrediten haber sufrido un perjuicio en su carrera de cotización en los periodos posteriores al nacimiento de uno o varios hijos. Se trata de una situación que afecta, principalmente, a las mujeres.
Sin embargo, los hombres perceptores de incapacidad permanente que cumplan con los requisitos, también pueden cobrar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones.
Este año 2024, la cuantía del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se ha revalorizado un 5% adicional por encima del IPC (Índice de Precios al Consumo) interanual. En concreto, se ha aplicado una revalorización del 8,8%.
Cuantía del complemento en 2024
Con esta revalorización, el importe del complemento es de 33,20 euros al mes por cada hijo con el que se cumplan los requisitos. Esta cuantía se aplica para las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente.
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se devenga en 14 pagas al año. Es decir, también cuenta con dos pagas extraordinarias que se abonan en los meses de junio y noviembre, respectivamente.
Por tanto, si una persona beneficiaria de una incapacidad permanente cumple los requisitos para cobrar este complemento con un hijo, podrá recibir un importe anual de 464,8 euros de manera adicional.
Los expertos de Banco Santander indican que «la Ley de la Seguridad Social establece que las mujeres beneficiarias de estas pensiones contributivas tendrán derecho a un complemento por cada hijo o hija, derecho que se reconocerá siempre que no se le conceda al otro progenitor. Si el otro progenitor es también mujer, el complemento lo percibirá la que sea titular de la pensión de menor cuantía».
No obstante, los hombres que cumplan los requisitos también podrán cobrar este complemento económico asociado a su pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
También puede darse el caso de que los dos progenitores sean hombres y ambos cumplan con las condiciones para cobrar este complemento. Ante esta situación, el complemento lo recibirá la persona que tenga una pensión contributiva de menor cuantía.
En definitiva, los pensionistas de incapacidad permanente que cumplan los requisitos, pueden solicitar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones por dos vías: Sede Electrónica de la Seguridad Social o con cita previa en las oficinas de la Seguridad Social.