La ayuda pública que no podrás cobrar si percibes una pensión de incapacidad permanente

Existe una ayuda que es prácticamente imposible que se pueda compatibilizar con una pensión de incapacidad permanente en la práctica

Ayuda pública incompatible con la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

Las personas que perciben una pensión de incapacidad permanente reciben, como mínimo, una cuantía equivalente al 55% de su base reguladora. Este porcentaje se aplica para las pensiones de incapacidad permanente total.

Existe un grado más bajo que la incapacidad total: La incapacidad permanente parcial. Sin embargo, la incapacidad parcial no implica la percepción de una pensión, sino que se corresponde con una indemnización de pago único.

Por su parte, la incapacidad permanente absoluta implica la percepción de una pensión del 100% de la base reguladora; mientras que en la Gran Invalidez ocurre lo mismo, aunque sumando un porcentaje adicional no inferior al 45%.

AYUDA INCOMPATIBLE CON LA INCAPACIDAD PERMANENTE

Una ayuda incompatible con la pensión de incapacidad permanente es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). No existe una normativa específica que prohíba la compatibilidad entre ambas prestaciones, aunque existen requisitos de límite de ingresos que provocan la incompatibilidad.

Ayuda pública incompatible con la incapacidad permanente
Ayuda pública incompatible con la incapacidad permanente./ Licencia Adobe Stock

La pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión que trata de compensar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral.

Por su parte, la Seguridad Social explica que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».

En 2023, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital para un beneficiario individual es de 565,37 euros al mes y se abona en 12 pagas anuales, equivalentes a las doce pagas del año.

Si bien, en el año 2024, las cuantías garantizadas del IMV aumentarán en un 6,9%. Esto supondrá que la cuantía para un beneficiario individual en 2024 se situará en 604,37 euros al mes.

¿POR QUÉ ES INCOMPATIBLE?

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda incompatible con cualquier otra prestación pública que tenga una cuantía superior al 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. Actualmente, el SMI se sitúa en 1.080 euros al mes.

Así, las personas que perciben una pensión de incapacidad permanente mínima, percibirán un 55% de la base reguladora. Es decir, superior al 50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente.

Por ello, existe una incompatibilidad entre la pensión de incapacidad permanente y la prestación del Ingreso Mínimo Vital. La incompatibilidad radica en el requisito de límite de ingresos que se debe cumplir para tener derecho al IMV.

Desde ‘CampmanyAbogados’ señalan que la compatibilidad entre el Ingreso Mínimo Vital y la incapacidad permanente es prácticamente imposible en la práctica. No obstante, matizan que «si un ciudadano cobra un importe por incapacidad inferior al que le correspondería por el Ingreso Mínimo Vital, sería posible que percibiera la diferencia si solicita el IMV y cumple el resto de condiciones requeridas».

Finalmente, es necesario destacar que la pensión de incapacidad permanente se puede compatibilizar con la prestación contributiva por desempleo en un caso. Cuando un beneficiario de incapacidad permanente total que está trabajando en un empleo compatible pasa al paro, y cumple los requisitos necesarios para percibir el paro.

En este caso particular se puede cobrar la prestación contributiva por desempleo sin perder la pensión de incapacidad permanente. Eso sí, el ciudadano tendrá que cumplir los requisitos exigidos para tener derecho a la prestación contributiva del paro.

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