La Agencia Tributaria señala que te puedes deducir hasta 2.550 euros con esta ayuda por convivir con una persona mayor

Ayuda de hasta 2.550 euros si convives con una persona mayor: requisitos y cuantía

La Agencia Tributaria señala que te puedes deducir hasta 2.550 euros con esta ayuda por convivir con una persona mayor o con discapacidad

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es consciente de que convivir con una persona mayor a menudo implica asumir gastos adicionales, como puede ser el gasto en medicamentos o atención médica, productos de ayuda o adaptaciones al hogar o tener que destinar cuidados específicos. Por ello, ofrece unas deducciones a la hora de hacer la declaración de la Renta del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Estas deducciones se aplican en una especie de «descuento», que está diseñado para apoyar a las familias que cuidan y conviven con ascendientes mayores, permitiendo deducir una cantidad específica en la declaración de la renta. Por lo tanto, el objetivo de esta ayuda es muy sencilla, ya que se trata de una nueva desgravación fiscal que busca reducir el impacto económico en familias que conviven con personas mayores de 65 años.

Requisitos para ayudar a esta ayuda por convivir con personas mayores

Las personas que cumplan con los requisitos y pueden acceder a esta ayuda podrán deducirse hasta 1.150 euros en su declaración de la renta por cada persona mayor que conviva en su domicilio. A continuación vamos a ofrecer un listado con los requisitos que se exigen para recibir esta ayuda:

  • Edad: La Agencia Tributaria señala que el ascendiente debe tener más de 65 años (o más de 75 años para los 1.400 euros extra). Sin embargo, si el ascendiente tiene una discapacidad, la deducción se aplica sin importar su edad.
  • Convivencia: La Ley del IRPF requiere que el ascendiente viva con el contribuyente al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia. Si la convivencia es inferior a seis meses, no es posible repartir la deducción entre varios descendientes, una situación que es común en la práctica.
  • Límite de ingresos: Las rentas anuales de cada ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8.000 euros, sin contar los ingresos exentos de tributación.
  • No hacer la declaración de la renta: El ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Cuantía de la ayuda

Si hablamos de la cuantía económica que se puede recibir con esta ayuda, debemos de saber que es una desgravación fiscal con la que las personas que cumplan los requisitos mencionados anteriormente podrán deducirse hasta 1.150 euros en su declaración de la Renta por cada persona mayor que conviva en su domicilio.

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La Agencia Tributaria señala que te puedes deducir hasta 2.550 euros con esta ayuda por convivir con una persona mayor

Puede ser porque residan con personas mayores de 65 años o con personas que tengan una discapacidad en el mismo núcleo familiar. Desde la AEAT señalan que en el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo del contribuyente se aplicará en su integridad.

Finalmente, la Agencia Tributaría informa que si la persona es mayor de 75 años, se ofrece una deducción de 1.400 euros que se añade a la anterior. De esta manera, dicha unidad familiar podrá desgravar hasta un total de 2.550 euros en la declaración de la Renta.

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