El Consejo de Ministros aprueba este martes 26 de julio el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, tras el acuerdo cerrado entre el Gobierno de España y los diferentes sindicatos de autónomos que han participado en la negociación.
Este nuevo sistema de cotización de autónomos se comenzará a aplicar en 2023 y contará con un periodo de transición de nueve años hasta 2032. Hay que tener en cuenta que se establecen 15 tramos de cotización cuyas cuotas dependen de los rendimientos netos mensuales de cada trabajador.
Teniendo en cuenta los ingresos mensuales, las cuotas se fijan desde los 230 euros para los autónomos con ingresos más bajos, hasta los 500 euros, para aquellos autónomos que acrediten unos rendimientos mensuales más altos.
Mejoras de protección social para autónomos
Por otra parte, el nuevo sistema de cotización también incorpora la tarifa plana para nuevos trabajadores autónomos. Concretamente, se trata de una cuota mensual de 80 euros durante el primer año para los nuevos trabajadores afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Además, la tarifa plana también se puede prorrogar durante doce meses en caso de que el trabajador no haya conseguido despegar en sus ingresos y se sitúen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para el resto de trabajadores se aplica la cuota correspondiente en función del tramo de cotización.
Otro aspecto a tener en cuenta es que este nuevo sistema también incorpora mejoras considerables de protección social para este colectivo de trabajadores. Según la Seguridad Social, se establece el cese parcial para autónomos con trabajadores a cargo, autónomos sin trabajadores y por fuerza mayor.
Para este colectivo no se exige darse de baja del RETA ni cerrar el establecimiento en cuestión. Así, la prestación por cese de actividad es equivalente al 50% de la base reguladora, pudiendo ser compatible con otra actividad laboral, por un periodo entre cuatro meses y dos años.
Más protección social
Respecto al Mecanismo RED, el autónomo debe presentar una caída del 75% de ingresos no superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que afecte al 75% de la plantilla. Así, el Mecanismo Red de carácter cíclico permite un acceso a prestación del 50% de la base reguladora hasta un año, no consume cese de actividad y un pago del 50% de cotización.
El sistema de Mecanismo Red cíclico y Mecanismo Red sectorial debe aprobarse en el Consejo de Ministros. En el caso del modo sectorial, los requisitos son una caída del 50% de los ingresos o del 75% en caso de no haber trabajadores.
Además, los ingresos de los autónomos no podrán superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), el 75% de la plantilla afectada y se debe contar con un proyecto de inversión y plan de recualificación. En este sentido, la protección que ofrece este mecanismo es el pago único del 70% de la base reguladora y el pago del 50% de la cotización.
Por tanto, el nuevo sistema ofrecerá beneficios para los autónomos en cuanto a su cuota de cotización y el acceso a su futura pensión de jubilación. Si bien, también contará con importantes mejoras de protección social para estos trabajadores.