La Seguridad Social contempla varias pensiones económicas de protección para familiares tras el fallecimiento de un ser querido. En este caso, encontramos la pensión de viudedad y la pensión de orfandad. Aunque muchas personas lo desconocen, también existe la denominada pensión en favor de familiares.
En este sentido, la pensión de viudedad está destinada a personas que han mantenido un vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho con la persona fallecida. Por su parte, la pensión de orfandad está dirigida a los hijos de la persona fallecida y a los aportados por su cónyuge.
Así, la pensión en favor de familiares es un tipo de pensión contributiva que consiste en una ayuda temporal dirigida a familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida.
Pensión en favor de familiares en 2025
El Gobierno de España ha aprobado en este año 2025 un aumento del 2,8% en las cuantías de las pensiones contributivas del sistema español. Este incremento también se ha aplicado sobre las pensiones en favor de familiares. Además, también se ha fijado una subida del 6% en las cuantías de las pensiones mínimas.
Desde la Seguridad Social explican que la pensión en favor de familiares es «un subsidio temporal cuya cuantía máxima es de 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias, que se calcula aplicando el porcentaje del 20% a la correspondiente base reguladora, siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha del fallecimiento y de la causa que determine la muerte».
Con la subida del 6% en 2025, así queda la cuantía de la pensión mínima en favor de familiares, según se recoge en la normativa de la Seguridad Social:
CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES | |
---|---|---|
Por beneficiario | 267,50 | 3.745,00 |
Si no existe viuda ni huérfano pensionistas | ||
Un solo beneficiario con 65 años | 646,00 | 9.044,00 |
Un solo beneficiario menor de 65 años | 608,80 | 8.523,20 |
Varios beneficiarios (N) | 267,50 + 395,00 / N | 3.745,00 + 5.530,00 / N |
Además, el Gobierno de España ha aprobado una subida de la pensión máxima del sistema en un 2,915% en 2025. Actualmente, la pensión máxima se sitúa en 3.267,60 euros al mes y 45.746,40 euros al año.
En este sentido, la pensión máxima que se puede cobrar en 2025 por la pensión en favor de familiares es la cuantía de pensión máxima vigente. Sin embargo, en la práctica, es prácticamente imposible que una persona acceda a dicha cuantía con una prestación en favor de familiares.
Requisitos para cobrar la pensión en favor de familiares
Para tener derecho a cobrar una pensión en favor de familiares en 2025, es obligatorio que se cumplan una serie de requisitos de cotización. Estos requisitos de cotización varía en función de la situación laboral de la persona fallecida y de la causa de su muerte:
- En caso de estar el alta o situación asimilada de alta: Es obligatorio haber cotizado un mínimo de 500 días durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o 15 años durante toda la vida laboral.
- En caso de estar en no alta: Es obligatorio acreditar una cotización mínima de 15 años a la Seguridad Social.
- Si el fallecido era pensionista o el fallecimiento deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, no es obligatorio cumplir ningún requisito de cotización.
Podrán acceder a la pensión en favor de familiares los hijos y hermanos de la persona fallecida, siempre que hayan convivido con el causante durante un periodo mínimo de dos años con antelación a la fecha del fallecimiento. También deben acreditar que tienen ingresos inferiores al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) vigente.