La reducción de la jornada laboral sin repercusión salarial, aprobada por el Consejo de Ministros, le cede el paso a otra importante medida llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, presidido por Yolanda Díaz: el incremento del Salario Mínimo Interprofesional. Así, se prevé que la propia ministra anuncie la subida de 50 euros al mes de este ingreso, que supone un alivio para muchos colectivos en situación de vulnerabilidad económica debido al incremento de precios y encarecimiento de productos de la cesta de la compra.
Por tanto, de acuerdo con lo establecido por las instituciones competentes, el Salario Mínimo experimentará un incremento del 4,4% en la nómina de más de dos millones de trabajadores en España, lo que supone unos 700 euros más al año. Asimismo, entre la población asalariada a jornada completa los principales beneficiarios de la subida del SMI son las mujeres (el 15,6% se ve beneficiada) y la población joven (17,2% de 16 a 34 años), según ha revelado el propio Ministerio. Igualmente, el Gobierno trabaja para que este ingreso quede exento de tributación en el IRPF, pero reconoce que es una competencia del Ministerio de Hacienda.
Subida del Salario Mínimo Interprofesional en 2025
Tal y como queda reflejado por parte del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el aumento del SMI aprobado supone un alza de 50 euros al mes, lo que sitúa el Salario Mínimo Interprofesional en 1.184 euros brutos mensuales, repartidos en 14 pagas. Por tanto, los beneficiarios de este ingreso pasarán de cobrar los 1.134 euros al mes en 2024 a los 1.184 euros en 2025. En términos anuales, el salario queda establecido en 16.576 euros brutos al año.
- SMI en 2024: 1.134 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas anuales
- SMI con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025: 1.184 euros brutos al mes repartido en 14 pagas anuales
Igualmente, también es importante conocer que el sueldo mínimo al día se sitúa en 39,46 euros para este año 2025, lo que también deriva en un aumento respecto a años anteriores. Esta medida, procedente del Ejecutivo nacional, se enmarca dentro de un plan de ayudas para paliar los efectos de la inflación y revalorización del IPC, con el objetivo de que los beneficiarios de esta prestación no vean alterado su poder adquisitivo.
El SMI, ¿exento de pagar IRPF?
Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social se pretende evitar que las personas beneficiarias de recibir el SMI estén obligadas a declarar este ingreso como parte del Impuesto de la renta sobre Personas Físicas (IRPF) como ha ocurrido en años anteriores. No obstante, aclaran que es una competencia directa del Ministerio de Hacienda, presidido por la ministra María Jesús Montero.
En esta línea, Hacienda, por su parte, no ha desvelado si finalmente se hará ese ajuste económico, pero sí ha insistido en que la recaudación tiene que ser suficiente para garantizar los servicios públicos y que los ciudadanos tienen que ser conscientes de que su aportación permite «combatir la desigualdad» respecto a otros colectivos vulnerables.
Finalmente, los sindicatos y, en este caso, también la patronal, reclaman al Gobierno además que vincule la subida del SMI a los contratos públicos, de forma que las empresas que los tienen vean incrementado su valor en la misma medida que les suban los costes derivados de los salarios.