Las personas que han agotado la prestación contributiva por desempleo y continúan en situación de paro tienen la oportunidad de acceder a una serie de ayudas económicas por parte del Estado. En concreto, hablamos de los diferentes subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Entre ellos, encontramos el subsidio con cargas familiares, para mayores de 52 años, para mayores de 45 años, por cotización insuficiente o la Renta Activa de Inserción (RAI). Todos ellos comparten ciertos puntos comunes, como la cuantía económica mensual a percibir por la persona beneficiaria o determinados requisitos de acceso.
Igualmente, todos estos subsidios por desempleo también presentan singularidades, como requisitos específicos, duración de percepción de la prestación o plazo de solicitud. La cuantía mensual a percibir es equivalente al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2022 es de 463,21 euros.
Solicitud del subsidio ¿Aceptada o denegada?
Las personas interesadas en cualquier subsidio por desempleo del SEPE deben cumplir los requisitos específicos para tener derecho a su percepción. Además, todos estos requisitos deben mantenerse durante la percepción del subsidio. Así, su solicitud se puede realizar a través de la Sede Electrónica del SEPE, por correo administrativo, oficina de prestaciones o cualquier oficina de registro público.
Una vez que se presenta una solicitud de prestación contributiva del paro o subsidio por desempleo, el SEPE tiene la obligación de ofrecer una resolución expresa al respecto y notificar a la persona solicitante.
Tras resolver la solicitud, la persona interesada recibirá una notificación oficial por parte del SEPE en el domicilio que haya indicado en la correspondiente solicitud. En dicha notificación se debe comunicar si la solicitud ha sido aceptada o denada.
En caso de aceptación, se recoge el tipo de subsidio al que tiene derecho el trabajador, la cuantía a percibir y la duración máxima de la ayuda. Por contra, si la resolución se deniega, es obligatorio que el SEPE informe al ciudadano de los motivos por los que se ha tomado dicha decisión.
Controlar el proceso de solicitud
Por otra parte, es necesario aclarar que la persona solicitante de un subsidio por desempleo tiene la posibilidad de controlar en todo momento en que estado se encuentra su expediente. Así, puede llevar a cabo esta consulta a través de los siguientes canales:
- Sede Electrónica del SEPE. En caso de disponer de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve.
- Servicio de atención a la ciudadanía.
- Oficina de prestaciones en la que se presentó la solicitud de subsidio. En este caso es necesario obtener cita previa.
Finalmente, desde el SEPE advierten que «si transcurridos tres meses desde la fecha de presentación de su solicitud, no ha recibido la resolución, podrá entender que le ha sido denegada por silencio administrativo. En este caso, podrá presentar una reclamación previa a la vía judicial».
Puede darse el caso de que una persona que solicita el subsidio para mayores de 45 años obtenga directamente el subsidio para mayores de 52 años. Esto ocurre cuando el ciudadano cumple los requisitos para esta ayuda, ya que contiene más beneficios.