La pensión de incapacidad permanente es un tipo de pensión contributiva contemplada por el sistema español. El objetivo de esta prestación es paliar la pérdida de ingresos a la que se enfrenta un trabajador debido a una lesión o enfermedad, que anula o reduce su capacidad laboral, previsiblemente de manera definitiva.
En España existen cuatro tipos de incapacidad permanente, diferenciados principalmente por la compatibilidad con la actividad laboral. Igualmente, también se distinguen por los requisitos exigidos por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la cuantía económica de pensión que corresponde al trabajador.
Así, estos son los diferentes grados de incapacidad permanente en España y su posible compatibilidad con la actividad laboral:
- Parcial: Compatible con toda profesión u oficio.
- Total: Inhabilita al trabajador para desarrollar su profesión habitual, aunque puede compatibilizar la pensión con otra actividad laboral que no entre en conflicto con el grado de incapacidad reconocido.
- Absoluta: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.
- Gran Invalidez: Inhabilita al trabajador para cualquier profesión u oficio.
Hay que tener en cuenta que el trabajo es un derecho universal del ser humano. Por ello, las personas beneficiarias de incapacidad permanente absoluta y Gran Invalidez también pueden compatibilizar su pensión con una determinada actividad laboral. No obstante, las posibilidades de compatibilidad son limitadas, debido a la situación de salud del beneficiario.
Dos pensiones de incapacidad permanente
Uno de los aspectos que más preocupa a los beneficiarios de incapacidad permanente es la compatibilidad de la pensión con la actividad laboral. Sin embargo, también es importante resaltar las posibilidades de compatibilidad con otras pensiones, como por ejemplo con otra pensión de incapacidad permanente.
Inicialmente, la normativa establece que no se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo, pero siempre que correspondan al mismo régimen de la Seguridad Social. En caso de tener derecho a dos de estas pensiones, el ciudadano debe optar por percibir una de ellas; normalmente la más beneficiosa en términos económicos.
Otro elemento que se debe aclarar es que dos pensiones de incapacidad permanente total no equivalen a una pensión de incapacidad permanente absoluta. Hay que tener en cuenta que ambos grados presentan importantes diferencias entre sí.
Así, existe una excepción en la que sí se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente al mismo tiempo. Ocurre cuando cada una de ellas corresponde a un régimen diferente de la Seguridad Social. Es una situación poco frecuente, pero que puede darse. Esta es la forma de percibir dos pensiones de incapacidad permanente en 2023.
En la mayoría de casos que se da esta compatibilidad, se trata de una pensión perteneciente al Régimen General de la Seguridad Social y otra, correspondiente al Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA).
Para visualizar mejor esta situación, los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ exponen un ejemplo claro. Supongamos que un trabajador albañil, adscrito al Régimen General de la Seguridad Social, logra el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total para su profesión. Así, después comienza a trabajar como autónomo de taxista.
Así, este grupo de profesionales indica que «con el paso de los años, va perdiendo vista y le conceden otra incapacidad total como conductor, estando afiliado al RETA (régimen de autónomos). En dicha situación, el trabajador podrá disfrutar de ambas pensiones de incapacidad».