Así se puede obtener una incapacidad permanente a causa de un ictus

Las secuelas propias de sufrir un ictus marcaran el grado de reconocido de una posible pensión de incapacidad permanente

Incapacidad permanente por ictus

Una pensión de incapacidad permanente está disponible en España para cualquier ciudadano. No obstante, solamente podrán tener derecho a ella las personas que cumplan con unos requisitos específicos y unas características concretas.

Además, hay que tener en cuenta que a diferencia de otras prestaciones, la última palabra la tiene el Tribunal Médico de la Seguridad Social. Es decir, se pueden cumplir los requisitos administrativos específicos, pero no los médicos.

No obstante, en caso de denegación de la pensión de incapacidad permanente, la persona afectada puede acudir a la Justicia como última vía. Son muchos los casos en los que un juez ha contradicho la decisión del INSS. Si bien, este proceso judicial puede alargarse durante varios años.

Incapacidad permanente por Ictus

A la hora de otorgar el derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no cuenta con un listado de accidentes o enfermedades que pueden dar lugar a este tipo de prestaciones.

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Neurología

Es decir, un equipo médico evalúa cada caso de forma individual y teniendo en cuenta los efectos o secuelas que ha podido causar en el trabajador un accidente o enfermedad, ya sea laboral o no. El principal parámetro a estudiar es la forma en la que inhabilita para la actividad laboral a la persona afectada.

Con todo ello, para estudiar la incapacidad permanente por ictus, la Seguridad Social se vale de un equipo de neurología para estudiar cada caso de forma específica. Del mismo modo, los rehabilitadores observan una hipotética progresión o estancamiento de mejoría.

No obstante, por norma general, el INSS entiende que las secuelas tras pasar un año desde el ictus son previsiblemente permanentes y por tanto, susceptibles de ser objetos de una pensión de incapacidad permanente.

Además, cabe recordar que el Instituto Nacional de la Seguridad Social establece un plazo de revisión de la incapacidad para aumento, disminución, mantenimiento o eliminación del grado acreditado inicialmente.

Grados de incapacidad por ictus

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