Para solicitar una pensión por incapacidad permanente, el único requisito o al menos el fundamental, debería ser sufrir una enfermedad o lesión, cuyas secuelas impidieran al trabajador desarrollar una actividad profesional. Pues la finalidad de esta pensión no es otra que la de cubrir económicamente la falta de ingresos que se produce cuando una persona no puede trabajar. Sin embargo, el proceso de acceso no es tan sencillo. A pesar de que la dolencia es la raíz, hay otros factores a tener en cuenta.
El fin no es complicar el acceso a la prestación, sino que la Seguridad Social busca conceder esta pensión a quien realmente sufra una incapacidad permanente. Así pues, con el objetivo de llegar a quienes lo necesitan, se establece una evaluación exhaustiva para conocer cada caso a fondo. No obstante, existe un listado oficial de enfermedades que los antecedentes indican que dan paso a una incapacidad permanente. Sin embargo, ni una de esas enfermedades asegura la incapacidad, ni esto excluye a otras dolencias.
Listado de enfermedades que permiten una incapacidad permanente
Existe un listado que debido a los antecedentes, han sido causa de que la Seguridad Social conceda una incapacidad permanente. Estas enfermedades, son:
- Alzheimer.
- Aneurisma.
- Artritis Reumatoide.
- Artritis Psoriásica.
- Artrosis.
- Cáncer.
- Cardiopatías.
- Colitis ulcerosa.
- Depresión.
- Demencia.
- Desprendimiento de la retina.
- Enfermedades hepáticas.
- Enfermedad de Crohn.
- EPOC.
- Esclerosis Múltiple.
- Espondilitis anquilosante.
- Espondilosis degenerativa.
- Esquizofrenia.
- Estenosis foraminal.
- Fibromialgia.
- Fibrilación auricular.
- Glaucoma.
- Hernia discal.
- Hipertensión pulmonar.
- Ictus.
- Insuficiencia renal crónica.
- Infarto agudo de miocardio.
- Lesión medular.
- Lumbalgia.
- Lupus.
- Migrañas.
- Neuropatía.
- Parkinson.
- Pancreatitis.
- Patologías de pies y manos.
- Síndrome de Ménière.
- Síndrome de Raynaud.
- Síndrome de Sjögren.
- Síndrome de Tourette.
- Síndrome del túnel carpiano.
- Síndrome subacromial.
- Trasplante de riñón.
- Trastorno: Ya sea bipolar, ansiedad o estrés postraumático.
Es posible acceder a una incapacidad permanente con otro tipo de enfermedad
Existe una lista de enfermedades que pueden dar derecho a una incapacidad permanente, porque ya hay precedente de que así ha sido. Pero esto no significa que sufrir alguna de dichas enfermedades te de derecho sí o sí a una incapacidad, ni que sufrir otro tipo de dolencia, no te otorgue este derecho. Así lo ha afirmado el abogado laboralista, Ignacio de la Calzada Gonzáles, a través de su cuenta de Instagram denominada como @un_tio_legal_
De este modo afirma que no debes preocuparte si la enfermedad que sufres no aparece en el listado, porque en realidad, no tiene que ver en sí solo con la enfermedad, sino en cómo te afecta. «Muchas personas se centran cuando están enfermos en que tienen una enfermedad, pero no en cómo les afecta para pedir una incapacidad. Por ejemplo, tengo fibromialgia, tengo migrañas, tengo CROHN… Puedo pedirla. Esto no siempre es así», ha indicado en uno de sus vídeos.
De la Calzada asegura que sufrir una enfermedad no te da derecho a tener una incapacidad, ya que lo que se valora es valorar la enfermedad y el trabajo en concreto. De este modo, asegura que la enfermedad sufrida para acceder a una incapacidad permanente debe ser «de carácter crónico, permanente e irreversible, y tienes que haber agotado todas las posibilidades de tratamiento para que puedas curarte o estar lo más estabilizado posible». Además, se tienen en cuenta las limitaciones que las secuelas de tu enfermedad puede tener en tu trabajo, y se valora lo que se llama «capacidad residual de trabajo».
Pone como ejemplo que una persona puede sufrir migrañas con las que puede trabajar sin problema, y otras a las que se les concede una incapacidad permanente porque tiene migrañas cada dos días y le es imposible trabajar. Se trata de la misma enfermedad, pero afecta de diferente manera. por tanto, este experto concluye con que «no es tanto la enfermedad sino cómo te afecte. Por tanto el listado es en base a casos que han existido, pero se tiene que valorar cada caso cómo te afecta a ti«.