La erupción del volcán de La Palma ha supuesto una tragedia de importantes dimensiones para miles de personas. Así, la Seguridad Social ha habilitado una serie de ayudas destinadas especialmente a los trabajadores autónomos afectados de la zona.
En este sentido, el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado este martes 26 de octubre ha ampliado las ayudas a trabajadores autónomos afectados por la catástrofe natural de La Palma.
Entre estas nuevas ayudas destacan el acceso a una prestación económica y la exoneración de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. Sustituye a la prestación vigente.
Los trabajadores autónomos que se vean obligados a parar su actividad económica a causa de la erupción podrán acceder a una prestación por cese de actividad. Así, dicha prestación por cese de actividad se amplía hasta un periodo de 5 meses.
Para acceder a esta prestación aprobada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones no será necesario acreditar un periodo mínimo de carencia.
Nueva prestación extraordinaria para autónomos
Uno de los aspectos más importantes aprobados recientemente por el Consejo de Ministros es la creación de una nueva prestación de carácter extraordinario para trabajadores autónomos que se hayan visto obligados a suspender su actividad como consecuencia de los daños ocasionados por la erupción del volcán.
Esta prestación permitirá a los trabajadores autónomos recibir una cuantía económica a partir del día siguiente al de la suspensión de la actividad y se podrá percibir hasta el último día del mes en que se reinicie la actividad; con fecha límite hasta el 28 de febrero de 2022.
La cuantía de esta prestación es del 70% de la base mínima correspondiente a la actividad suspendida. Según calculan desde el Gobierno, el trabajador autónomo de La Palma podrá obtener en torno a 1.000 euros entre la percepción de la prestación y la exoneración de cuotas a la Seguridad Social.
Además, desde la Seguridad Social aclara que esta prestación es compatible con la realización del trabajo por cuenta ajena, salvo que se cobre 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Otra prestación más de la Seguridad Social
Además de lo expuesto anteriormente, el Gobierno de España también crea una nueva prestación extraordinaria para los trabajadores autónomos.
En concreto, esta prestación es compatible con la actividad y está destinada especialmente a los autónomos con ingresos en el cuarto trimestre de 2021 que no superen el SMI actual y que acrediten una caída de la facturación de al menos el 50% respecto al cuarto trimestre del año 2019.
Así, la cuantía de esta prestación también será del 70% de la base reguladora. Igualmente, tendrá una duración máxima de cinco meses y se podrá empezar a cobrar a efectos desde el 1 de octubre de 2021.
Cabe destacar que esta prestación extraordinaria también conlleva la exoneración de cuotas de cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, el trabajador si que tendrá que pagar las cuotas, aunque les serán devueltas junto al importe de la prestación.
Con todo ello, desde el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, continúan con la mejora de la prestación a todos los trabajadores autónomos afectados por la erupción del volcán de La Palma.