Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) experimentará una importante subida de su cuantía durante el mes de junio de 2022, de acuerdo a la normativa aprobada por el Gobierno de España en el pasado mes de marzo. Una subida que también se ha aplicado en abril y mayo.
Hay que recordar que desde el inicio de 2022 las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital aumentaron en un 3% tras su aprobación en los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Igualmente, entró en vigor la nueva Ley sobre el Ingreso Mínimo Vital donde se incorporó, entre otras cosas, el complemento de ayuda a la infancia.
Sin embargo, el estadillo de la guerra en Ucrania el pasado 24 de febrero ha tenido consecuencias importantes en la economía española. Sin ir más lejos, se ha producido un aumento de la inflación de los precios, afectando directamente al bolsillo de los españoles.
Subida del Ingreso Mínimo Vital en junio
Debido a esta situación, el Gobierno de España aprobó en el ‘Plan de Respuesta‘ una subida del 15% en el importe mensual reconocido del Ingreso Mínimo Vital, para los meses de abril, mayo y junio. Por tanto, las cuantías del IMV también subirán un 15% en este mes de junio de 2022.
En este aumento de las cuantías también se incluyen los complementos mensuales que el beneficiario tenga reconocido. Si bien, quedan excluidos aquellos importes que correspondan a periodos previos.
Así, todo parece indicar que este mes de junio será el último en el que se aplique esta subida del 15%. Es decir, a partir de este mes, las cuantías del Ingreso Mínimo Vital de la Seguridad Social volverán a sus importes habituales.
Desde la Seguridad Social argumentan que la subida del IMV en un 15% se aplicará en las solicitudes que se hayan presentado a la fecha de la entrada en vigor de este real decreto ley, pero aún no se hayan resuelto. También tendrán derecho a ello las personas que realicen la solicitud con posterioridad, pero no sean posteriores al 1 de junio de 2022.
Complemento a la infancia de la Seguridad Social
Por otra parte, la Seguridad Social señala que la actualización del importe con efectos desde el 1 de enero de 2022, tomando como referencia los ingresos anuales computables del ejercicio 2021, no afectará al incremento extraordinario, siempre que se mantenga el derecho a la percepción de la prestación, una vez se haya efectuado la citada actualización.
La subida del 15% también tendrá efecto sobre algunos complementos económicos vinculados al Ingreso Mínimo Vital, como el complemento de ayuda a la infancia. Se trata de un plus económico que tiene como finalidad reducir el riesgo de pobreza infantil.
Este complemento lo concede la Seguridad Social de oficio a las personas que cumplan los requisitos establecidos por ley para su percepción; por lo que a priori no es necesaria su solicitud.
La norma establece un total de 100 euros al mes por hijo menor a cargo entre 0 y 3 años; un total de 79 euros al mes por cada hijo menor con una edad entre 3 y 6 años; y 50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años.
¿Tengo que acudir a una oficina para solicitar el IMV?
Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital no será necesario acudir a una oficina de la Seguridad Social. Se podrán usar los servicios de la Sede Electrónica de la Seguridad Social de forma segura durante los siete días de la semana y a cualquier hora sin necesidad de desplazamientos.
Igualmente, para acceder a la plataforma de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, no se necesitará el certificado electrónico o la Cl@ve PIN, siempre y cuando se trate de la solicitud del IMV.