Así afecta el nuevo baremo de discapacidad a la pensión de invalidez del IMSERSO

Los expertos explican como afecta el nuevo baremo de discapacidad aprobado por el Gobierno a la pensión de invalidez del IMSERSO

Persona con movilidad reducida

Desde el pasado mes de octubre entró en vigor en España un nuevo baremo para la valoración de la discapacidad, una vez que se aprobó el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre. Esta decisión fue aplaudida por el sector de la discapacidad, ya que el actual baremo estaba en vigor desde 1999. Eso sí, para su entrada en vigor habrá que esperar hasta el 20 de abril. Ahora son muchos los que se preguntan si esta nuevo baremo afecta a la pensión no contributiva de invalidez que gestiona el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Y es que este nuevo baremo de discapacidad evoluciona y se adapta a los nuevos tiempos y necesidades de las personas con discapacidad. Todo ello tenía como hoja de tura para este nuevo modelo social a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas con un enfoque de derechos humanos.

El nuevo baremo establece unos criterios objetivos para la valoración y calificación del grado de discapacidad en todo el territorio del Estado. De esta manera se garantiza el acceso en igualdad de condiciones para toda la ciudadanía.

Además, proporciona una base científica para la comprensión y el estudio de la salud y de los componentes sociales y económicos que impactan en la persona. De esta manera se garantiza una descripción más precisa y completa del grado de discapacidad.

Con respecto a la pensión no contributiva de invalidez, desde el IMSERSO señalan que asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

El baremo de discapacidad y la pensión no contributiva de invalidez

Como recoge el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en el caso de las personas beneficiarias de la pensión no contributiva de invalidez se debe de dar un requisito asociado a la discapacidad. Y es que la persona que recibe esta ayuda tiene que tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Este requisito de la discapacidad se incluye dentro de los rasgos específicos de la propia pensión no contributiva de invalidez, al igual que estos dos:

Aumento de las pensiones contributivas e IMV./ Foto de Canva

En el caso de la incapacidad permanente ser ha producido «una mala noticia» para los profesionales de ‘CampmanyAbogados’. Y es que la mala noticia para los pensionistas de incapacidad permanente es que este real decreto no se pronuncia sobre la discapacidad del 33% que se da automáticamente por tener una incapacidad, y que en el momento actual no es a todos los efectos para este colectivo. En la práctica, realmente solo implica una bonificación en el IRPF».

Nuevo baremo de discapacidad

Como hemos indicado con anterioridad, el nuevo baremo de valoración de discapacidad entrará en vigor en abril de 2023. Así, este documento establece que para determinar el grado de discapacidad de una persona, es necesario seguir una nueva fórmula basada en cuatro baremos:

  1. Evaluación de las Funciones y Estructuras corporales/ Deficiencia Global de la Persona (BDGP)
  2. Evaluación de las Capacidades/Limitaciones en la Actividad (BLA).
  3. La Evaluación del Desempeño/Restricciones en la Participación (BRP-QD),
  4. Evaluación de los Factores Contextuales/Barreras Ambientales (BFCA).

Una vez analizado cada caso de forma particular, el equipo multiprofesional de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de cada Comunidad Autónoma (CCAA) emite un dictamen propuesta. En dicha resolución se deben recoger una serie de puntos claves, como: Grado de discapacidad, puntuaciones de cada baremo, códigos de diagnóstico, deficiencia, restricciones y limitaciones, necesidad o no de ayuda por parte de terceras personas y la existencia de dificultades de movilidad para el uso de transporte público.

Salir de la versión móvil