El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica gestionada por la Seguridad Social cuyo fin, es ayudar a las personas que están en riesgo de pobreza y exclusión social. Una ayuda que debido a la mala situación económica que viven muchas personas en nuestro país, cada vez cuenta con más beneficiarios. Es por ello, que el Gobierno de España decidió el pasado año, entre otras cosas, ampliar algunos requisitos para que esta prestación llegara a más personas.
No obstante, no todos los españoles tenemos derecho a percibir esta prestación. Pues el fin, es que llegue a quien realmente lo necesite. Es decir, a aquellas personas que están pasando por una situación económicamente complicada o no cuentan con un trabajo que les permita percibir un salario digno. Es por ello, que la Seguridad Social tiene establecidos una serie de requisitos que los beneficiarios deben cumplir. Entre los más importantes, se encuentran los siguientes:
- Tener entre 23 y 65 años de edad, o también es posible desde los 18 años si se tienen familiares a cargo.
- Haber residido de forma legal en España durante el último año.
- Una unidad de convivencia formada desde al menos seis meses. En el caso de una persona sola, esta debe llevar emancipada al menos 3 años.
- Demostrar que no se supera el límite de ingresos establecidos en base a la unidad familiar.
Proceso para percibir el Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social es la entidad responsable de gestionar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Es por ello, que cuenta con toda la información necesaria para que una persona pueda saber si le corresponde esta ayuda o por el contrario, no se la van a conceder. Y es que a pesar del conocimiento acerca de la existencia de esta prestación, a la hora de solicitarla, son muchas las dudas que se crean entre los solicitantes. No obstante, en su portal web, la Seguridad Social cuenta con toda la información necesaria.

Además de los requisitos para ser merecedor de ella, una de las dudas más recurrentes entre los solicitantes gira en torno al tiempo que la Seguridad Social en decidir si te concede o te niega esta prestación. En este sentido, la entidad tiene establecido un plazo máximo de seis meses desde la fecha de presentación, para resolver la solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Cabe señalar, que la ausencia de respuesta se traduce en una negativa. Es lo que se conoce como silencio administrativo. No obstante, la Seguridad Social así lo aclara igualmente en su portal web cuando dice que «transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo«.
Plazos a tener en cuenta
Como hemos comentado anteriormente, el plazo máximo que la Seguridad Social tiene para resolver si te concede el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o no lo hace, es de seis meses. Además, el silencio administrativo se toma como una negativa. Es decir, si pasado el plazo establecido, el solicitante no ha recibido respuesta, ni positiva ni negativa, deberá entender que se ha rechazado la petición.
Sin embargo, esta entidad añade en su página web más datos al respecto: «La resolución de inadmisión se dictará en el plazo de 30 días, y podrá ser objeto de reclamación administrativa previa que se limitará a conocer sobre la causa de inadmisión. La admisión de la solicitud no obstará a su desestimación si, durante la instrucción del procedimiento, la entidad gestora efectuará nuevas comprobaciones que determinarán el incumplimiento del requisito de vulnerabilidad económica».
Otras de las dudas más recurrentes, surgen en el momento en el que el solicitante recibe la aprobación de esta ayuda. Es entonces, cuándo la preocupación es saber cuándo recibirá el primer pago. En este sentido, la Seguridad Social determina que el pago llegará mensualmente mediante transferencia bancaria, y comenzará el primer día primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.