Aprobada la reforma del Código Penal contra la esterilización forzosa

La Comisión de Justicia aprueba el dictamen sobre la reforma del Código Penal contra la esterilización forzosa de personas con discapacidad o incapacitadas judicialmente

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La Comisión de Justicia, en su reunión de este miércoles 30 de septiembre, ha aprobado el informe de la Ponencia sobre la propuesta de reforma del Código Penal contra la esterilización forzosa de personas con discapacidad o incapacitadas judicialmente, al que se ha añadido una disposición final tercera nueva.

El dictamen de la Comisión será elevado al Pleno de la Cámara que, dado el carácter orgánico de la propuesta; deberá realizar una votación de conjunto en la que el texto necesita la mayoría absoluta de la Cámara para continuar su tramitación en el Senado.

En la sesión de la Comisión celebrada este miércoles 30 de septiembre no se han mantenido enmiendas vivas al informe de la Ponencia. Además, el voto particular de la enmienda núm. 1 del G.P. Socialista, de supresión de la disposición adicional única; ha sido rechazado por 9 a favor, 21 en contra y 5 abstenciones.

A continuación, tal y como han solicitado los grupos parlamentarios, se ha procedido a realizar dos votaciones separadas. En primer lugar, la votación de la disposición final tercera nueva del informe de la Ponencia; que ha sido aprobada por 21 votos a favor, 14 en contra y ninguna abstención.

Lo que dice el Gobierno

Esta disposición establece que «el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de ley de modificación de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre; básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; y de la Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo; de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo; con el objetivo de reforzar que las personas con discapacidad que precisen de apoyos humanos y materiales; incluidos los tecnológicos, cuenten con la información necesaria y la documentación clínica en formatos, canales y soportes accesibles para que la decisión que adopten en su calidad de pacientes sea libre e informada; y para reforzar la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad«.

Por último, la Comisión ha votado el resto del informe de la Ponencia, que ha sido aprobado por unanimidad.

Esta proposición de ley procedente del Senado, que aprobó su toma en consideración el pasado mes de marzo; tiene como objetivo aplicar lo establecido en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Esto establece que los estados partes deberán modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra esas personas. Dentro de esto se incluye como leyes de tutela y otras normas que vulneran el derecho a la capacidad jurídica; leyes de salud mental que legitiman la institucionalización forzada y la administración forzada de tratamientos, que son discriminatorias y deben abolirse; la esterilización de mujeres y niñas con discapacidad sin su consentimiento.

Sobre la esterilización forzosa

La esterilización forzosa de mujeres con discapacidad es un ejemplo de la especial discriminación de género que sufre el colectivo. Un claro ejemplo es a la hora de formar libremente una pareja o ejercer de manera libre informada su maternidad.

Así lo pone de manifiesto el ‘Manual Básico sobre género y discapacidad’ lanzado por la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) y la Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad (CEMUDIS) con la colaboración han elaborado, con la colaboración del Instituto de la Mujer. Con el ‘Manual básico sobre género y discapacidad’ pretenden visibilizar la situación actual de las mujeres y niñas con discapacidad.

«En nuestro país aún siguen perpetrándose esterilizaciones forzadas a muchas mujeres del colectivo de la discapacidad», alerta esta guía. Concretamente, Marta Valencia, secretaria de la Mujer e Igualdad COCEMFE, señala que esta es una lucha particular de las mujeres con discapacidad, pero no debe entenderse como una separación de la lucha feminista en general, pues sin el enfoque feminista de género el análisis perdería contenido político.

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