Según los datos que ofrece la Seguridad Social, actualmente, en Andalucía un total de 212.500 hogares perciben el Ingreso Mínimo Vital. Hogares en los que viven 661.814 personas que se benefician de esta prestación económica.
Desde la Seguridad Social indican que «el Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas».
Ayuda complementaria del Ingreso Mínimo Vital en Andalucía
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que se puede cobrar como beneficiario individual o como miembro de una unidad de convivencia. En este sentido, la Seguridad Social establece cada año las cuantías garantizadas a percibir por el IMV en España, en función del número de personas que figuran en la misma unidad familiar.
Además, algunos gobiernos autonómicos suelen contar con ayudas complementarias para personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital, como ocurre en Andalucía. Desde la Junta de Andalucía señalan que «se trata de una ayuda económica extraordinaria dirigida a unidades familiares que, aún siendo perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, no pueden hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo».
Para cobrar esta ayuda complementaria en Andalucía en 2025, es obligatorio cumplir los siguientes requisitos que recoge la Seguridad Social:
- Ser una persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital y/o Complemento de Ayuda a la Infancia.
- La cuantía concedida en concepto de Ingreso Mínimo Vital y Complemento de Ayuda para la Infancia debe ser igual o inferior a la cuantía máxima mensual vigente para dicho complemento.
- Residir en Andalucía y haberlo hecho, como mínimo, con seis meses de antelación con respecto a la fecha de presentación de la solicitud.
- Ninguna persona de la unidad familiar debe encontrarse en alta en la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud.
En concreto, consiste en una ayuda extraordinaria que se abona en un pago único anual. Consiste en un sustento añadido para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, más allá de los diferentes complementos habilitados por la Seguridad Social.
Cuánto se cobra por el complemento del IMV en Andalucía
Respecto a este año 2025, desde la Junta de Andalucía argumentan que «la cuantía de la ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital consiste en una ayuda extraordinaria que vendrá determinada por el resultado de la diferencia entre el importe anual del Ingreso Mínimo Vital y Ayuda para la Infancia que la persona titular tenga reconocido y el mínimo establecido para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, fijado éste en el 24% del importe anual de las pensiones no contributivas vigente».
Por su parte, hay que recordar que el Gobierno de España ha aprobado en este año 2025 una revalorización del 9% en las cuantías garantizadas del Ingreso Mínimo Vital. Así, la Renta Básica Garantizada para un beneficiario individual se sitúa en 7.905,80 euros al año. Supone una cuantía mensual de 658,80 euros, ya que esta prestación se devenga en 12 pagas durante el año.
Además de la cuantía garantizada a percibir, que puede variar según las personas que figuran en la misma unidad de convivencia, la Seguridad Social también permite cobrar varios complementos de manera adicional en toda España. Hablamos del complemento por discapacidad, complemento por monoparentalidad y Complemento de Ayuda a la Infancia (CAPI).