Adiós a la renovación del DNI a todas las personas que cumplan este requisito

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es la identificación obligatoria que deben tener todos los españoles desde que cumplen 14 años

Hay un momento en el que deja de ser obligatorio renovar el DNI

Hay un momento en el que deja de ser obligatorio renovar el DNI

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es la tarjeta identificativa oficial del España. Se trata de un documento destinado a la identificación de todos los ciudadanos españoles. Esta tarjeta es obligatoria para todas las personas del país desde que cumplen los 14 años, sin embargo, es posible contar con esta identificación desde el nacimiento, si así lo deciden los progenitores. Y es que en ocasiones, es recomendable o incluso obligatorio para momentos como el de viajar fuera del país.

A pesar de que desde los 14 años el DNI nos tiene que acompañar durante toda la vida, lo cierto es que no es un documento vitalicia. Esto significa, que debe renovarse cada cierto tiempo. Este sistema tiene sentido si tenemos en cuenta que es un documento identificativo, por tanto, lleva foto y datos que deben estar actualizados. Pero, ¿Cada cuánto tiempo debe renovarse el DNI? Este documento, conforme al art. 6 del RD 1553/2005, de 23 de diciembre, modificado por el Real Decreto 869/2013, de 8 de noviembre, tiene los siguientes periodos de validez:

Renovar el DNI

Según establecen desde la Dirección General de la Policía Nacional el Artículo 7 del Real Decreto 1553/2005 de 23 de diciembre, para solicitar la renovación del Documento Nacional de Identidad, establece, en primer lugar, que es imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono en efectivo o a través de tarjeta de crédito/débito la tasa correspondiente , o utilizando el pago por vía telemática y aportar los siguientes documentos:

¿Hasta cuándo es necesario renovar este documento?

Dejará de ser obligatorio renovar el Documento Nacional de Identidad (DNI), en el momento que la persona cumpla los 70 años de edad. Y es que llegado ese momento vital, se considera que la persona ya no va a cambiar de forma tan considerable como para que sea necesario renovar el documento de forma periódica.

Llegados por tanto a los 70 años, la Policía Nacional concede lo que denominan DNI permanente. Como su propio nombre indica, este será el documento identificativo que le acompañará durante el resto de sus días. No obstante, en caso de pérdida o robo, sí podrán volver a expedir la tarjeta, pero igualmente será con la condición de permanente.

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