La DGT no concederá el carnet de conducir si tomas estos medicamentos

La DGT no concederá el carnet de conducir si tomas estos medicamentos

Adiós al carnet de conducir a quienes tomen estos medicamentos – la DGT lo confirma

La dirección General de Tráfico (DGT) tiene establecido una serie de dolencias y medicamentos que pueden conllevar una reducción de capacidad

La Dirección general de Tráfico (DGT) es la entidad encargada de mantener la seguridad vial en España. Una responsabilidad por la que trabajan año tras año y cuya dificultad radica en que de ellos depende la base, pero de los usuarios el llevarlo a cabo. Esta sutil combinación, es la que provoca que los resultados puedan mejorar, pero nunca lleguen a ser perfectos. Pues perfecto sería que llegara el momento en el que el año se cerrara con cero víctimas mortales en accidentes de tráfico, por ejemplo.

Por tanto, a la DGT no le queda más remedio que seguir ajustando los ‘flecos’ que la seguridad aun tiene por cubrir y compatibilizar este trabajo con otros que ayuden a que su esfuerzo llegue a buen puerto. Esto significa, que además de establecer límites de velocidad, actualizar señales de tráfico y crearlas, trabajar por modelos de circulación más efectivos o marcar multas y sanciones, también tiene que llevar a cabo campañas formativas y de concienciación para que los conductores aprendan y sigan las normas marcadas.

Nueva restricción de la DGT

Precisamente con el fin de ajustar cada vez más la seguridad, la DGT sigue creando normativa que cubran posible vacíos que se encuentran a veces en las consecuencias de los accidentes. Es decir, en ocasiones, hay factores que se repiten accidente tras accidente, y la conclusión, es que el factor común es perjudicial o reduce la capacidad para conducir. Esto es lo que sucede con algunas enfermedades y medicamentos, es por eso que la DGT va a quitar el carnet de conducir a quienes sufran algunas dolencias.

Y es que contar con todas las capacidades necesarias para conducir, es fundamental. De lo contrario, la falta de reflejos podría llevarnos a sufrir un accidentes de consecuencias terribles. Este hecho ya se controla de cierta forma en los controles médicos obligatorio que se llevan a cabo a la hora de renovar el carnet de conducir. Sin embargo ahora, además de controlar la situación del conductor en dicho control, el facultativo podrá revisar su historial médico para decidir si le renueva el carnet o no.

Esto significa, que bastará con que el sanitario identifique en el historial médico una enfermedad o medicación contraproducente para conducir, para que decida no renovarle el carnet. Pero, ¿Qué tipo de enfermedades o medicación ha establecido la DGT que es incompatible con la conducción?

Enfermedades y medicamentos incompatibles con el carnet de conducir

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una serie de enfermedades que según el grado, son incompatibles con la conducción. El motivo no es otro que la peligrosidad que supone conducir con la falta de capacidad o capacidades que pueden provocar algunas enfermedades. En este sentido, la entidad de tráfico ha determinado que algunas de las enfermedades por las que no se renovará ya el carnet de conducir serán:

No obstante, no en todos los casos esta decisión será irrevocable. Por ejemplo, una persona que haya sufrido un infarto, deberá esperar un tiempo prudente para volver a conducir. Lo mismo ocurre con quienes sufran alguna enfermedad psiquiátrica grave, que pueden ser causa para no renovar por un tiempo este permiso.

Además de las enfermedades, hay medicamentos que la DGT ha puesto en el punto de mira. Esto significa, que la persona que los tome no podrá renovar de momento el carnet de conducir. Algunos de estos medicamentos son los indicados para la diabetes, como es la insulina, o algunos fármacos para las dolencias psiquiátricas. En definitiva, cualquier fármaco que reduzca las capacidades necesarias para conducir, serán motivo para no renovar el carnet.

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