Los trabajadores con discapacidad van a poder acceder a la pensión de jubilación de manera anticipada si cumples con los requisitos que fijó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en 2023, cuando se llevo a cabo una reforma de este apartado que afecta a las personas con discapacidad.
En este sentido, el Consejo de Ministros aprobó el pasado 16 de mayo de 2023 un real decreto que mejora el acceso a la jubilación anticipada para las personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 45%. Para este colectivo se reducen los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
Desde el Gobierno señalan que se podrán beneficiar de la jubilación anticipada para personas con discapacidad los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta
- Que a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
Además, debemos de tener en cuenta que las personas que tengan más de una patología de discapacidad podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad. Para acreditar la discapacidad, desde la Seguridad Señalan que se puede hacer de dos maneras:
- Mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patología, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior.
- La acreditación de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del órgano correspondiente de cada comunidad autónoma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.
¿Cómo se valora el grado de discapacidad para acceder a la jubilación anticipada?
Desde la Seguridad Social señalan que para acceder a la jubilación anticipada se deberán de presentar certificados que acrediten estas condiciones:
- Que de la suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados en las diferentes dolencias que figuren en el certificado, así como del porcentaje correspondiente a los «baremos complementarios», de ser el caso, resulte un porcentaje de discapacidad total igual o superior al 45%
- Que al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad aparezca en el listado de patologías y suponga como mínimo el 33% del total del grado de discapacidad acreditado.
Además, debemos de tener en cuenta que la edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad será, excepcionalmente, la de 56 años. Si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 65% podría jubilarse a partir de los 52 años.